Diario de León

Ampliado el delito de provocación para el que se pide más respuesta

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La Fiscalía General del Estado publicó en mayo una circular con una serie de pautas para interpretar las distintas figuras delictivas englobadas en el nuevo artículo 510 del Código Penal. Entre ellas, ordena a los fiscales acreditar la «intencionalidad» antes de acusar por delitos de odio.

Tras la reforma legal llevada a cabo, se regula conjuntamente y amplía el ámbito de los delitos de provocación a la discriminación, al odio y a la violencia, así como la justificación del genocidio al tiempo que se introducen nuevos tipos penales.

El Ministerio Fiscal destaca que las diversas infracciones contenidas en este artículo todavía presentan en su tipicidad unos contornos difusos que, sin duda, dificultan su detección y que, quizá, no permiten que afloren penalmente toda la variedad de conductas que presenta el fenómeno de la «intolerancia excluyente».

La entonces Fiscal General del Estado, María José Segarra, se reunió a finales del año pasado con los fiscales especialistas en delitos de odio para estudiar los criterios de respuesta sobre este asunto.

Respuesta proporcional

En ese momento ya les conminó a promover una respuesta penal «proporcionada, garantista y disuasoria» a este tipo de conductas, así como a una «reflexión sosegada». Ahora ordena a los fiscales tener probado la «intencionalidad» con la que una persona ha emitido un mensaje que puede ser considerado discriminatorio antes de formular una acusación contra ella.

Segarra recuerda que los últimos indicadores «apuntan a un incremento» de estos delitos, como ya se recoge en la Memoria del Ministerio Público de 2017 (correspondiente al ejercicio del año 2016), por el uso cada vez mayor de las tecnologías de la información y de la comunicación. El Ministerio Fiscal no podía permanecer ajeno a esta realidad», afirma.

Todo ello surge después de casos conocidos como el de la tuitera Cassandra Vera, que publicó en Twitter un chiste sobre Luis Carrero Blanco.

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