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Anulan la multa por abuso de dominio que había impuesto Competencia a Serfunle

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La Mancomunidad de Servicios Funerarios de León y su Alfoz (Serfunle) dio cuenta ayer del fallo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que anula la sanción impuesta el 18 de septiembre de 2017 por parte del Tribunal para la Defensa de la Competencia de Castilla y León. Frente al dictamen del órgano de la administración autonómica, los magistrados fallan que «no hay abuso de posición dominante por la reducción a compañías de seguros por volumen de negocio», por lo que queda sin efecto la multa de 60.170,7 euros, aunque cabe la opción de recurso en casación ante el Supremo.

Según explicó el presidente de Serfunle, Vicente Canuria, «se trata de una multa del Servicio autonómico para la Defensa de la Competencia que puso a Serfunle por importe de 60.170,70 euros por abuso de posición dominante en el mercado». La sanción, equivalente al 1% de la facturación declarada en 2015, se apoyaba en que el órgano autonómico que entendía que Serfunle ejerció un abuso de su posición de dominio, además de que practicaba la «imposición de precios discriminatorios» y «otras condiciones comerciales y de servicios no equitativos». El TSJ desestima todas estas acusaciones en su dictamen y deja sin efecto la multa por el caso, que había partido de la denuncia de la competidora Los Jardines.

Canuria matizó que la mancomunidad, de la que forman parte los ayuntamientos de León, San Andrés del Rabanedo y Villaquilambre, «ya aprobó a principios de este año una reducción del 10% de los precios privados y tarifas de los paquetes comerciales de sus servicios funerarios respecto a las aplicadas en 2019». «La reducción de precios supone que, por ejemplo, el paquete comercial básico sin sala cuyo precio es de unos 2.200 euros experimenta una reducción de 200 euros, mientras que el servicio con sala cuya tarifa era de en torno a 2.450 euros tras esta rebaja se sitúa en 2.200 euros», expuso.

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