Diario de León

Asfalto, motociclistas y cojines berlineses

Crece la alarma entre los usuarios de la moto por la profileración de elementos en la calzada que entorpecen e inciden en la circulación

Cojines berlineses en una vía de servicio en León. MARCIANO PÉREZ

Cojines berlineses en una vía de servicio en León. MARCIANO PÉREZ

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León

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El departamento de seguridad vial de la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, advierte de la extensión incontrolada del ilícito de colocar obstáculos en la calzada del tipo «Cojín Berlines» por todo el país. En varias vías de León son frecuentes. La advertencia se ha trasladado también a la Federación Española de Municipios y Provincias y a la propia Dirección General de Tráfico en modo denuncia.

Ayer mismo, la IMU denunció al Ayuntamiento de Gijón y se están abriendo nuevos expedientes de denuncia en Barcelona, Cervelló (Barcelona), Rubí (Barcelona), Guadalajara, y muchas otras ciudades del país.. Los cojines berlineses cada día que pasa podemos verlos más en más ciudades, algo que realmente preocupa la IMU dada su ilegalidad. La denuncia puesta al Ayuntamiento de Gijón esta misma mañana y las que se van a interponer a otros ayuntamientos en los próximos días llevan como asunto, «Instalar en la calzada elementos ilegales de alto riesgo para ciclistas y motociclistas, no permitidos por la ley de tráfico y su reglamento».

La IMU aclara algunas cuestiones por las que entiende que es ileigal este elemento del tipo cojín berlinés. El reglamento indica que «el titular de la vía tiene la obligación de cumplir la Ley de Tráfico. Así lo dice el artículo 2 del RDL 6/2015 relativo al ámbito de aplicación y ratificado en el Reglamento General de Circulación en su artículo primero.

Otro articulado prohíbe colocar en la misma o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular…» ordenando el apartado 3 del mismo artículo que «Quien haya creado sobre la vía algún obstáculo o peligro, debe hacerlo desaparecer lo antes posible, y adoptar medidas para que pueda ser advertido por los demás usuarios y para que no se dificulte la circulación». «No se instalará en vías o terrenos objeto del ámbito de aplicación de la legislación sobre tráfico ningún elemento que pueda entorpecer la circulación».

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