Diario de León

TRIBUNALES

La Audiencia investigará si Fridman provocó la caída de Dia que costó más de 30 empleos en León

Se estudiará si causó un perjuicio a la economía nacional. Provisionalmente, según el Supremo, "se perfila" la comisión de un delito de maquinaciones para alterar el precio de las cosas

Supermercado DIA en Ponferrada. L. DE LA MATA

Supermercado DIA en Ponferrada. L. DE LA MATA

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La Audiencia Nacional investigará si el magnate ruso Mikhaíl Fridman generó situaciones de bloqueo y de tensión que habrían provocado que las acciones en Bolsa de Dia cayeran para poder adquirir la cadena de supermercados posteriormente, causando así un perjuicio a todos los accionistas y "a la economía nacional". El reajuste llevado a cabo en DIA obligó a cerrar ocho supermercados en la provincia de León repartidos entre León, Ponferrada, Villablino, Fabero y Santa María del Páramo, lo que costó algo más de treinta puestos de trabajo.

Así lo dice la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en un auto en el que ha dirimido si es la Audiencia Nacional o un juzgado ordinario de Madrid el que debe investigar finalmente la denuncia presentada contra Fridman por la presunta comisión de un delito de maquinación para alterar el precio de las cosas o incluso el de uso de la información privilegiada.

Fridman está siendo investigado en el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional por su presunta responsabilidad en las "maniobras" empresariales que llevaron a la quiebra a la mercantil española Zed WorldWide, y adquirirla por 20 millones de euros, un precio muy por debajo al de mercado.

Para el alto tribunal, "dado el tenor de la denuncia presentada y siempre desde el análisis provisional que el momento exige", es la Audiencia Nacional, y no los juzgados de Madrid, el que debe estudiar los hechos denunciados relativos a la adquisición de la cadena de supermercados por la presunta comisión de un delito de maquinación para alterar el precio de las cosas.

Según explica el auto, del que ha sido ponente la magistrada Ana Ferrer, el "comportamiento" de Fridman "se proyecta como altamente lesivo no sólo para el conjunto de accionistas minoritarios de Dia, sino también para sus trabajadores y proveedores de la citada mercantil". Asimismo, afirma que "podría cuestionarse que se haya producido o pueda producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil o en la economía nacional, lo que no sería descartable".

La denuncia anónima asegura que Fridman y la empresa LetterOne Investen Holdings, máxima accionista de Dia, mantuvieron una "elevada tensión financiera con el objeto de lograr la baja cotización de las acciones, hasta lograr la compra de la compañía". Para ello, se habría hecho uso de "físicas y jurídicas de diversas nacionalidades", algo que "acrecienta la complejidad de las labores de investigación", según indica un informe policial.

ENTRAMADO SOCIETARIO CRIMINAL

Así, la resolución del alto tribunal señala que, según dicho informe aludido por la denuncia "y del que se acompañaron tres folios", la estrategia de Fridman, a través de LetterOne, sería la de actuar "de forma coordinada y concertada mediante un entramado societario criminal" con el objetivo de "generar una situación de conflicto, provocar situaciones de bloqueo y a su vez de iliquidez a corto plazo en la compañía, con el fin de bajar la cotización de las acciones de la compañía y lanzar una oferta de compra de la compañía depreciada".

Asimismo, añade que, según señala el informe policial, "en Estados Unidos, Reino Unido y Holanda, las operaciones de este empresario están supervisadas intensamente, mientras que en España campa a sus anchas".

El Juzgado de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional rechazó el pasado mes de marzo admitir a trámite esta denuncia al entender que no tenía competencia para conocer los hechos. Alegó que del estudio de la denuncia no se desprenden datos de los que pueda inferirse que los hechos denunciados puedan tener "una grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil, en la economía nacional o perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en el territorio de más de una Audiencia".

 

CUANTIFICACION DEL DAÑO

Por otro lado, el titular de este juzgado, José Luis Calama, afirmó que los datos aportados no permiten cuantificar el daño que podría haberse ocasionado a los accionistas y acordó la inhibición a favor de los Juzgados de Madrid, ya que la sede de la Bolsa se encuentra en la capital.

Sin embargo, el Juzgado de Instrucción número 18 de Madrid, donde recayó la denuncia tras el rechazo de Calama, considera que tampoco es competente, ya que, a su juicio, los hechos encajan en un presunto delito de maquinación para alterar el precio de las cosas.

Asimismo, sobre la falta de concreción de la cuantía, este magistrado apunta que "sería difícil que tuviera una importancia inferior a los siete millones de euros", ya que la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la OPA han validado que la alteración de una multiplicidad de acciones de una empresa que estaba en el IBEX 35 fue por el importe de 296 millones de euros, lo que repercutió también en el precio de una multiplicidad de inmuebles de la compañía, con perjudicados extendidos por toda la geografía nacional.

Los magistrados del Supremo comparten esta postura y afirman que "caber sospechar que se haya podido producir perjuicio patrimonial en una generalidad de personas en territorio de más de una Audiencia (los accionistas y trabajadores de Dia)", haciendo uso supuestamente de un "entramado de empresas, algunas ubicadas en el extranjero (sobre todo en Noruega)" para alcanzar sus propósitos.

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