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Las ayudas al fomento de la natalidad: 500 euros por hijo

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El Ayuntamiento de León, a propuesta del Grupo Municipal de la UPL, ha puesto en marcha un plan de ayudas a la natalidad dotado con 100.000 euros que tiene el objetivo de contribuir a fijar población en la ciudad y que se enmarca en un conjunto de iniciativas destinadas a promover medidas de apoyo a las unidades familiares que fomenten la natalidad para paliar la pérdida y el envejecimiento poblacional.

Se pueden solicitar estas ayudas, que son de 500 euros, por hijo nacido o adoptado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, ambos días incluidos.

El objetivo del Ayuntamiento de León es que las personas que decidan plantearse tener descendencia cuenten con medidas complementarias de protección y tengan un apoyo económico para cubrir los gastos extraordinarios que supone un nacimiento o una adopción.

Para ser beneficiario de esta ayuda es necesario que los beneficiarios estén empadronados en el municipio de León con, al menos, un año de antelación al registro de la solicitud y que residan de forma habitual en la ciudad en el periodo referido.

Además, será requisito irrenunciable para el cobro de esta ayuda que los beneficiarios continúen residiendo durante al menos un año en el municipio de León a partir del momento de dictarse la resolución de la ayuda.

En cuanto a los requisitos económicos, los ingresos brutos de la unidad familiar deben de ser iguales o inferiores a tres veces el IPREM.

Solicitudes

La solicitud deberá acompañarse de la fotocopia compulsada del libro de familia y DNI/NIE/Pasaporte vigente de los solicitantes de la ayuda y del certificado de nacimiento o adopción expedidos por el Registro Civil correspondiente, o en su caso resolución que acuerde la adopción.

También, con el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad separación o divorcio en su caso, a efectos de acreditar quien ostenta la guarda y custodia, la justificación documental de los ingresos percibidos por la unidad familiar y se facilitará un número de cuenta bancaria donde se efectuará el ingreso de la ayuda.

Las solicitudes para la obtención de las ayudas económicas deberán dirigirse al alcalde del Ayuntamiento, y se presentarán, junto a la documentación que más adelante se detalla en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquier medio de los establecidos en el artículo 16.4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en lo sucesivo L.P.A.C).

Se otorgarán las subvenciones por estricto orden de recepción en Registro de Entrada el Ayuntamiento y la solicitud y la ordenanza se encuentran publicadas en la sede electrónica del Ayuntamiento de León, en el Tablón de anuncios y subvenciones: https://sede.aytoleon.es/documentos/CE7216E29634824D882F8CBCED14ED51.pdf

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