Diario de León

Las claves de una medida controvertida

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►► Los hogares quedan exentos del cumplimiento de la norma por obligación

La norma afecta a los edificios que tengan usos administrativos (los de la Administración pública, oficinas, zonas de uso público, etcétera), comerciales (tiendas, grandes almacenes, supermercados, centros comerciales), a la hostelería —aunque la ministra Teresa Ribera ha aclarado que pueden suavizar algunas medidas—, a espacios culturales como cines, auditorios o centros de congresos, y a edificios relacionados con el transporte de personas, como estaciones y aeropuertos. No afecta a los hogares.

►► A partir del 30 de septiembre, las puertas automáticas quedarán cerradas

Para entonces, los edificios deberán contar con un sistema automático de cierre de las puertas que dan a la calle, para evitar que estén abiertas de par en par, algo común en grandes almacenes, tiendas o bares. Esta obligación ya existía desde 2009, salvo para locales que se climatizan con energía renovable, que ahora también tendrán que adecuarse. Los edificios obligados a limitar su temperatura también deberán informar sobre las nuevas medidas de ahorro a través de carteles o pantallas visibles desde su entrada. Tienen hasta el 2 de septiembre para hacerlo. Además, deberán adelantar la inspección de eficiencia energética, antes de que acabe el año, aquellos edificios que hayan realizado la anterior antes del 1 de enero de 2021. El Gobierno estima que cada grado menos en el termostato supone un ahorro en el consumo del 7%.

►► Colegios y guarderías quedan exentos del cumplimiento cuando empiece el curso

No deben cumplir con los límites de temperatura aquellos centros que no puedan respetarlos por condiciones laborales o especificidades del sector —como las cocinas de los restaurantes—. También quedan excluidos los centros de formación (universidades, colegios, guarderías), centros sanitarios y hospitales, peluquerías y lavanderías, gimnasios, medios de transporte (trenes, barcos, aviones) o las habitaciones de los hoteles (sí las zonas comunes), señala el ministerio.

►► Los monumentos seguirán iluminados pero los edificios públicos no

El alumbrado ornamental de los monumentos no tendrá que apagarse a las 22.00. El ministerio ha convocado a las comunidades autónomas el martes para aclarar las dudas. La Sagrada Familia, por ejemplo, se quedará iluminada, salvo que la fundación que la gestiona decida lo contrario. También los rótulos y los monumentos que no son edificios, como el anuncio luminoso de Schweppes en la Gran Vía de Madrid o la Puerta de Alcalá. En cambio, los edificios públicos que a las 22.00 estén desocupados deberán apagar su iluminación. El alumbrado público quedará encendido.

►► Habrá multas para quienes incumplan las normas que fija el Real Decreto

Aunque el decreto no las menciona directamente, estarán estipuladas. Señala que se aplicará lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), que a su vez remite a la Ley de Industria de 1992. Esta fija multas de hasta 60.000 euros para las infracciones leves, un máximo de seis millones para las graves y de 100 millones para las muy graves. Las responsables son las comunidades autónomas.

►► Quince meses de duración de las medidas hasta nueva orden

Hasta noviembre de 2023 —salvo el cierre automático de puertas, que no tiene fecha de finalización—, aunque parece previsible que las medidas se alarguen en el tiempo. Ante los riesgos de cortes en el suministro de gas, Bruselas ha propuesto a los estados miembros una reducción del 15% en su consumo; del 7% en el caso de España y Portugal gracias a la excepción ibérica. En septiembre, el Gobierno deberá remitir a Bruselas un plan.

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