Diario de León

Compra un loro por 850 euros en Instagram y pierde el dinero y el loro

Absuelto el vendedor del animal porque la única prueba que hay es un anticipo de 300 euros

La denunciante adelantó 300 euros por un loro que nunca llegó. DL

La denunciante adelantó 300 euros por un loro que nunca llegó. DL

León

Creado:

Actualizado:

La Audiencia Provincial de León ha corregido la sentencia condenatoria dictada por Instrucción 5 contra un individuo, acusado de estafa por la supuesta venta de un loro a una mujer que vio anunciado en Instagram y que finalmente no se llevó a cabo, ni tampoco la devolución del dinero.

El juzgado había condenado al acusado a devolver los 300 euros del anticipo y le había impuesto una multa de dos meses a razón de seis euros diarios (360 euros).

La Audiencia entiende que el verdadero relato fáctico de los hechos es el siguiente. "La víctima pretendía comprar una lora al acusado a quien su hija había comprado previamente un loro. Por medio de la citada hija, contactó con el vendedor a través de su número de teléfono, pactando la entrega de una cantidad inicial de 300 euros. La denunciante hizo una transferencia de 300 euros en concreto el día 24 de marzo del 2021."

A partir de ahí surgieron discrepancias en cuanto al pago del resto del precio de la lora, otros 550 euros, pretendiendo el procesado que se le abonasen por trasferencia y la denunciante que pagaría el resto, una vez recibido la lora.

El desacuerdo se agravó hasta el punto de que ella quería que le devolviese la cantidad transferida y el procesado no accedía a ello, al entender que era una fianza para garantizar los gastos de la gestión encomendada para la adquisición de la lora».

«La sentencia impugnada se basa para deducir la responsabilidad penal del vendedor en las declaraciones de la denunciante y denunciado y en los mensajes de WhatsApp aportados por ella, cuyas capturas se recogieron en el atestado, pero que evidentemente son incompletos y no recogen los mensajes de audio que se aprecian en las capturas de pantalla, Así pues, el único elemento incriminatorio que consta en la causa es el pago de una cantidad inicial, relacionado con el hecho negativo de la no entrega del loro. Ello es claramente insuficiente para construir una inferencia de culpabilidad, pues sería necesario que el único indicio tuviese especial significación, o acreditar una pluralidad de indicios concomitantes y concordantes», dice la Audiencia.

tracking