Diario de León

Decisión del Gobierno

Las comunidades de propietarios ya pueden reunirse de forma telemática

La imposibilidad de realizar asambleas bloqueaba el avance de obras y la aprobación de cuentas

Los administradores de fincas calculan que en la capital hay más de 20.000 edificios. RAMIRO

Los administradores de fincas calculan que en la capital hay más de 20.000 edificios. RAMIRO

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León

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Las comunidades de propietarios, que en León gestionan 800 millones de euros al año, podrán celebrar sus juntas de forma telemática —por videoconferencia o conferencia telefónica múltiple— a partir del 9 de mayo, siempre que todos los asistentes dispongan de los medios necesarios, según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La decisión del Gobierno, adoptada en el último Consejo de Ministros, fue aplaudida por el colectivo de administradores de fincas, que recuerda que la pandemia ha impedido las juntas presenciales cuando en un año normal se habrían celebrado aproximadamente un millón de reuniones en todo el país.

El real decreto-ley de medidas urgentes a aplicar tras la finalización del estado de alarma incluye una serie de acuerdos extraordinarios aplicables a las juntas de propietarios de las comunidades en régimen de propiedad horizontal. Aunque no existe una cifra oficial del censo de viviendas, los administradores de fincas calculan que sólo en la capital hay más de 20.000 edificios; 951 construcciones de más de 40 años tienen que someterse a la preceptiva inspección técnica, que también suele pasar por la asamblea de vecinos para aprobar las obras.

Ahora, la crisis sanitaria del coronavirus y las restricciones impuestas por las autoridades han llevado al Ejecutivo a flexibilizar esta disposición, siempre que todos los propietarios dispongan de los medios necesarios, lo que será comprobado por el administrador con antelación a la junta.

El secretario deberá reconocer la identidad de los asistentes y expresarlo en el acta. En este supuesto, será posible asimismo la adopción de acuerdos sin celebración de junta mediante la emisión de un voto por correo o comunicación telemática. El real decreto-ley prevé también la suspensión, hasta el próximo 31 de diciembre, de la obligación de convocar y celebrar juntas en las comunidades sujetas a este régimen, así como la de aprobar el plan de ingresos y gastos previsibles, las cuentas correspondientes o el presupuesto anual.

Durante el mismo periodo —o hasta la junta— se darán por prorrogados los últimos presupuestos y nombramientos de los órganos de gobierno aprobados.

Para la presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, Isabel Bajo, aunque sean medidas excepcionales, el real decreto-ley «facilita que las comunidades puedan adoptar acuerdos importantes».

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