Diario de León

Condenado a seis años de prisión un varón acusado de abusar de su sobrino

La sentencia considera probado que durante años utilizó «juegos» para aprovecharse de él

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Un varón residente en un pueblo de la provincia fue condenado a seis años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a su sobrino de siete años, al que aprovechándose de su relación y del cariño que el menor le tenía le propuso «un juego» que, según él, hacían todos los niños y por el que le recompensaba comprándole cosas o dándole dinero.

Dicho juego consistía en diferentes abusos sexuales como tocamientos e intentos de penetración, de los que se dio detalle en la vista oral que se celebró en la Audiencia Provincial. A criterio del magistrado, está probado que durante los años 2017 y 2018 se produjeron estos actos ilícitos y penales.

El juicio se celebró en la sección Tercera, sala que se ocupa de las actividades ilícitas en el ámbito penal. De acuerdo a lo que se expone en el apartado de hechos probados de la sentencia, a la que se refiere Adavas (que actuó como acusación particular) quedó probado en la vista que a mediados de 2018, el menor contó a su madre lo que estaba ocurriendo desde el año anterior y ésta interpuso la correspondiente denuncia.

Practicada la prueba correspondiente se llegó a las conclusiones provisionales relatadas por el Ministerio Fiscal y ratificadas a continuación mayoritariamente en la sentencia.

A la vista de las circunstancias, en el caso, se personó la Asociación de Ayuda a las Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica. Durante la vista oral, que se celebró en una sola sesión en la Audiencia Provincial de León quedaron probados los hechos, después de que se escuchara la versión del acusado y de que se recabasen entre otros los testimonios de los peritos psicólogos que trataron al menor a raíz de la denuncia. Una vez escuchados los testimonios y valorada la prueba documental y pericial, se condenó al agresor a la pena de seis años de cárcel además de prohibirle acercarse al menor durante 15 años y comunicarse con él por cualquier medio durante ese periodo.

De acuerdo al artículo 183 del Código Penal, el que realizare actos de carácter sexual con un menor de dieciséis años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de dos a seis años. Vistas las circunstancias que obran en las actuaciones, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial se inclina por la pena más alta de las que se recogen en la horquilla.

Cuando los hechos se cometan empleando violencia o intimidación, el responsable será castigado por el delito de agresión sexual a un menor con la pena de cinco a diez años de prisión. Las mismas penas se impondrán cuando mediante violencia o intimidación compeliere a un menor de dieciséis años a participar en actos de naturaleza sexual con un tercero o a realizarlos sobre sí mismo, siempre según la legislación vigente.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en recurso de apelación. Por el momento las partes no han anunciado su intención de recurrir al Alto Tribunal con sede en Burgos.

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