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Condenan al Popular a devolver casi 700.000 euros

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El Juzgado de Primera Instancia número 1 de León dictó una sentencia estimando la responsabilidad por daños y perjuicios de Banco Popular, condenando al Banco Santander a devolver 677.213,20 euros a una empresa que había invertido en mayo del 2017.

Entiende que sí existe legitimación pasiva por el Banco Santander para soportar la acción de daños y perjuicios, en contra de las recientes alegaciones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El juez concluye que «como antes se indicaba, ciertamente una entidad bancaria que se publicita como solvente no queda reducida a la nada de la noche a la mañana, siendo evidente que la inviabilidad financiera que determinó la resolución del banco el 7 de junio de 2017, deviene de serios problemas económicos que, sin duda, se arrastraban desde hacía tiempo y que ya existían cuando se realizó no solo la ampliación de capital en mayo de 2016, debiendo resaltarse que desde la ampliación de 2016 y la resolución del banco apenas transcurre un año, y que la situación económica general ya era de cierto crecimiento y recuperación», expone.

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