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La declaración de la renta arranca el 1 de abril para más de 230.000 contribuyentes

La Agencia Tributaria mantiene los plazos para que las devoluciones se puedan hacer cuanto antes en estos meses críticos

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El Ministerio de Hacienda mantiene en el próximo día 1 de abril el inicio de la campaña de la renta y patrimonio de 2019, que finalizará el 30 de junio, al considerar especialmente importancia preservar las fechas previstas ante la crisis del coronavirus para que los contribuyentes puedan empezar a recibir devoluciones desde el 3 de abril, una meta que pretenden alcanzar ya que el 90% de las declaraciones se presentan por internet. En León se presentarán en torno a 235.000 solicitudes.

Una orden publicada ayer por el Ministerio de Hacienda en el Boletín Oficial del Estado (BOE) aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al ejercicio 2019. La Agencia Tributaria considera «especialmente importante» en las circunstancias actuales derivadas de la crisis sanitaria del Covid-19 mantener la campaña de la renta en las fechas inicialmente previstas para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones, dado que el 70% de las declaraciones salen a devolver. El pasado año, 172.146 leoneses recibieron el pago de Hacienda, que en conjunto superó los 115 millones de euros.

Entre las novedades de este año del borrador de la renta figura una simplificación notable respecto al modelo de años anteriores de la identificación del domicilio fiscal del contribuyente. Tradicionalmente esta información se encontraba en la primera página del modelo y se mostraba al contribuyente en el momento de la descarga de datos fiscales, si bien este año como novedad este apartado se ofrece de forma separada al resto de la declaración, por lo que de forma «sencilla e intuitiva» el contribuyente ratificará el último domicilio fiscal disponible o, en su caso, lo modificará. Otra novedad importante es la mejora en la cumplimentación de los rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas en estimación directa, se ha consolidado en un único apartado toda la información relacionada con los inmuebles de los que es titular el contribuyente, ya sea como propietario o usufructuario.

No tendrán que declarar los contribuyentes que hayan obtenido en el ejercicio 2019 rentas procedentes exclusivamente, en tributación individual o conjunta, de rendimientos íntegros del trabajo con el límite general de 22.000 euros anuales cuando procedan de un solo pagador.

Este límite también se aplicará cuando se trate de contribuyentes que perciban rendimientos procedentes de más de un pagador y concurra que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales o que sus únicos rendimientos del trabajo consistan a determinadas prestaciones pasivas.

Quedan exentos también los rendimientos íntegros del trabajo con el límite de 14.000 euros anuales cuando procedan de más de un pagador, siempre que la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros tampoco tendrán que declarar, entre otros casos.

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