Diario de León

Los edificios antiguos de zonas frías deberán tener contadores individuales antes de mayo de 2022

Según el Ministerio para la Transición Ecológica, su aplicación reducirá el gasto energético en las viviendas

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EFE | Madrid

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Los edificios con sistemas de calefacción o refrigeración centrales construidos antes de 1998 y situados en las zonas más frías de España deberán instalar contadores individuales, aunque el plazo para hacerlo se alargará, como mínimo, hasta mayo de 2022.

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha aprobado hoy un real decreto que regula la instalación de contadores individuales en este tipo de edificios, ha informado hoy ese departamento.

La norma se aprueba para cumplir la legislación de la Unión Europea (UE), que mantiene abierto un procedimiento de infracción contra España desde 2015, y supone la trasposición completa de la Directiva de Eficiencia Energética.

Según Transición Ecológica, su aplicación reducirá el gasto energético en las viviendas y proporcionará un ahorro medio del 24 %.

La normativa se aplicará en edificios con sistemas de calefacción o refrigeración construidos ante de que se aprobara el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios de 1998.

Todos los edificios construidos posteriormente ya están obligados a instalar dispositivos de contabilización individuales.

No obstante, quedan exentos los edificios situados en las zonas más cálidas de España y aquellos en los que la inversión no pueda recuperarse en un máximo de cuatro años a partir de los ahorros que se generen. Los consumidores con la condición de vulnerables podrán beneficiarse de una ayuda directa .

El real decreto establece fechas límite que, en todos los casos, no expiran antes de 2022, por lo que no existe una obligación inmediata de adaptar las viviendas.

Plazos a tener en cuenta

La norma establece dos plazos , uno para obtener un presupuesto y otro para tener activa la instalación .

El 1 de febrero de 2021 deberán contar con presupuestos los edificios de uso no residencial y los que estén situados en la zona climática más fría (E) y tengan 20 viviendas o más.

El 1 de julio de 2021 tendrán que disponer de presupuestos los edificios con menos de 20 viviendas y que se sitúen en la zona E, o los de al menos 20 viviendas situados en la zona climática D.

El plazo vence el 1 de diciembre de 2021 para los edificios de menos de 20 viviendas de la zona D y los edificios de al menos 20 viviendas de la zona C.

Finalmente, el límite queda fijado el 1 de febrero de 2022 para los edificios de menos de 20 viviendas situados en la zona C.

A partir de esas fechas límite, será obligatorio instalar los contadores en un plazo de quince meses , por lo que deberán estar activos no más tarde del 1 de mayo de 2022, 1 de octubre de 2022, 1 de marzo de 2023 y 1 de mayo de 2023, en función del tipo de edificio.

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