Diario de León

La falta de limpieza puede ocasionar una infracción grave

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Dentro del reglamento regulador de la venta ambulante en el Rastro Dominical el equipo de gobierno leonés estipula una serie de actividades y comportamientos que conforman infracciones que se dividen en leves, graves o muy graves, en función de su grado de importancia.

De esta manera, entre las infracciones leves se encuentra la alteración del orden público o el incumplimiento del horario establecido, así como no exhibir la autorización de venta, los precios de los artículos o la utilización de aparatos de megafonía sin la debida autorización.

Las sanciones para este tipo de faltas van desde una multa pecunaria de 60 a 750 euros, hasta la suspensión del ejercicio de la actividad de venta de dos a cuatro jornadas sucesivas de mercado.

Desacato y faltas de respeto. En lo que se refiere a infracciones graves aparece la falta de limpieza en los puestos y en su entorno durante más de dos días, la venta de productos distintos a los expresamente autorizados, el desacato a la autoridad municipal o la falta de respeto grave a otros titulares, ciudadanos o personal municipal.

En esta ocasión las multas pecuniarias pueden ascender hasta los 1.500 euros y la suspensión temporal de autorización hasta los 15 días hábiles de venta.

La cesión de un puesto sin la autorización municipal, el incumplimiento de la normativa higiénico-sanitaria que pueda poner en riesgo la salud de los consumidores o la coacción o amenaza a la autoridad se enmarcan dentro de las faltas muy graves, que conllevan una multa de hasta 3.000 euros y la suspensión temporal de seis meses a un año.

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