Diario de León

Tribunales

Los forenses dejan en manos de la jueza la consideración del caso de la burundanga

Retirada la imputación por robo con violencia, sigue la instrucción

La Audiencia ha intervenido en el caso de la escopolamina. RAMIRO

La Audiencia ha intervenido en el caso de la escopolamina. RAMIRO

León

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La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de León deberá determinar si la acusada de utilizar burundanga para obtener un beneficio ilícito con siete personas a las que presuntamente atacó con escopolamina tenía intención real de acabar con su vida en su forma de actuar o si solamente pretendía hacerse con su dinero, para saldar una serie de deudas pendientes y satisfacer sus ánimos de juego.

El informe de los forenses, solicitado por Instrucción 2 a instancias de la Audiencia Provincial, que ordenó realizar más investigaciones por entender que las llevadas a cabo no eran suficientes, determina que la clave de la decisión radica en el ánimus necand i o voluntad real de la víctima de acabar con la vida de las siete víctimas a las que atacó entre octubre de 2018 y enero de 2019.

Ese ámbito se reserva a la jueza, en tanto en cuanto los forenses dictaminan en su escrito que la escopolamina que se usó es una sustancia que pone en riesgo grave a la persona intoxicada y que es precisa la intoxicación para su uso con fines criminales. Otra cuestión es que hubiera voluntad o no de acabar con la vida de las víctimas.

A criterio de las acusaciones particulares, que encarnan las siete personas afectadas, no es necesaria esa voluntad sino que concurran elementos que sustenten una acusación de homicidio en grado de tentativa.

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El ‘animus necandi’ determinará la consideración del caso, que ahora es una estafa

La jueza es remisa a avalar esta postura, porque entiende que no había ese interés de poner fin a la vida de nadie, sino que el peligro radicó en las consecuencias posteriores del uso de la burundanga. De hecho, la causa se tramita judicialmente bajo el epígrafe de estafa.

La Audiencia Provincial de León retiró la imputación por un presunto delito de robo con violencia que pesaba sobre la acusada. El Ministerio Fiscal se adhiere al recurso presentado por una de las acusaciones particulares y sostiene que se ha dado por finalizada la instrucción de forma precipitada sin que se hayan realizado las diligencias y averiguaciones imprescindibles para poder tener los elementos de juicio necesario para la continuación del proceso con garantías, habiéndose tomado declaración judicial sólo a una de las víctimas a fin de concretar los presuntos delitos cometidos por la sospechosa, «habiendo realizado esta conductas muy dispares para con los distintos perjudicados, lo que sin duda da lugar a la comisión de distintos tipos penales». A criterio de la Fiscalía, el auto no recoge todos los delitos presuntamente cometidos por la investigada, como son, entre otros, los de estafa, homicidio en grado de tentativa y falsedad en documento público, privado y mercantil.

«La intoxicación por escopolamina es un cuadro muy grave, y que puede ser potencialmente mortal. A la escasa dosis que precisa para producirse la intoxicación, se añade el hecho de la gran variabilidad individual de una dosis letal, aún contando con la ausencia de otros antecedentes patológicos o de fármacos que podrían potenciar la acción depresora de la escopolamina. Así pues, puede ocasionar paradas cardiorrespiratorias, depresiones severas del sistema nervioso central, e incluso, hay descritos cuadros accidentales o autolíticos procedentes tanto de la desorientación como de la intensa clínica delirante aguda que desencadena», dice el informe médico. La Audiencia explica que solo con este examen rápido de las diligencias, «en estos momentos del proceso resulta prematuro afirmar cual era la verdadera intención de la investigada al momento de los hechos.

«Es procedente completar la instrucción al objeto de determinar si las lesiones que se produjeron a los perjudicados o a alguno de ellos, que sufrieron ingresos hospitalarios con cuadros compatibles con la ingesta de esa sustancia, tres de ellos con ingreso en UCI, como consecuencia de la actuación presuntamente cometida por la investigada, podrían haber sido mortales y en su caso si fue como consecuencia de la rápida asistencia sanitaria lo que impidió el fallecimiento, porque ello determinaría la necesidad de la incoación de procedimiento ordinario si indiciariamente aparecieran hechos que pudieran constituir un delito de homicidio en tentativa», cuya pena supera los nueve años.

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