Diario de León

El futuro Código Penal equipara la violación más grave con los homicidios

El Gobierno crea el delito de acoso callejero y castiga con hasta cuatro años de cárcel los actos sexuales que no tengan consentimiento

2020030409173254438

2020030409173254438

Publicado por
León

Creado:

Actualizado:

La nueva Ley de Libertad Sexual castigará con penas de hasta quince años de prisión los casos más graves de violación, circunstancia que equipara esta tipología penal con los delitos de homicidio de mayor calado. Igualmente crea el delito de acoso callejero, que a partir de ahora comportará penas de arresto domiciliario o trabajos comunitarios y multas. Se castigarán así situaciones que no tienen por qué darse en vía pública: pueden ocurrir en bares, fiestas privadas, conciertos, establecimientos y demás.

El anteproyecto de Ley Integral para la Protección de la Libertad Sexual introduce cambios en las penas de las violaciones: la penetración sin consentimiento se castigará con penas de cuatro a diez años (antes, de cuatro a doce).

La violación con una agravante podrá ser penada con entre siete y doce años y si se le suman dos, agravantes con entre nueve y quince años.

La nueva ley, que también cambiará el Código Penal militar, modificará además la Ley de Extranjería para que las víctimas de violencia sexual no puedan ser deportadas mientras se resuelve su caso, al igual que ocurre con la violencia de género.

Nueva ley para la libertad sexual

En la modificación del Código Penal relativa a los delitos sexuales se introducirá además la agravante de que la agresión sexual haya sido precedida o acompañada de violencia y grave daño y también se matizará la agravante de parentesco para dejar claro que se debe incrementar la pena en caso de que la víctima sea la esposa o expareja del agresor.

Subirán las penas por acoso sexual (de tres a siete meses a entre seis y doce), que implicaría «solicitar sexualmente en el ámbito laboral, docente o de desigualdad, provocando intimidación, hostilidad o humillación graves». Estas penas podrán ir acompañadas de inhabilitación profesional o para el cargo.

Las agresiones contra la libertad sexual de las personas sin su consentimiento expreso se castigarán con entre uno y cuatro años de cárcel. Otra novedad destacada es que se castigará asimismo la solicitud sexual de funcionarios a personas bajo custodia en centros penitenciarios, de menores y en los centros de internamiento de extranjeros (CIE).

En cuanto a la instrucción y enjuiciamiento de estos delitos, la ley establece que se encargarán de ello los juzgados especializados y que el Consejo General del Poder Judicial tendrá un año para revisar las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer y decidir así si se encargan de estos asuntos o se crean nuevos órganos con tal fin. En el caso de León, uno de los dos juzgados de lo Penal existentes tendrá que hacerse cargo de esta competencia.

La especialización de jueces y fiscales es otro de los puntos de la ley, que además obligará a que los agresores condenados a menos de dos años de prisión que no tengan que entrar en la cárcel deban participar en programas formativos de igualdad y educación sexual y se le impondrá la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima, igual que en la violencia de género.

El anteproyecto, que por primera vez reconoce la violencia sexual como violencia machista, dio ayer su primer paso, pero tardará meses en llegar al Congreso y tendrá que enfrentar un «enorme debate», reconocieron ayer fuentes del Ministerio de Igualdad.

tracking