Diario de León

Circulación

El Gobierno endurece las sanciones por la utilización del móvil al volante

Desaparece la opción de aumentar la velocidad 20 km/h para adelantar en vías secundarias

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León

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El Consejo de Ministros aprobó ayer un paquete de medidas encaminado a rebajar a la mitad la cifra de fallecidos en la próxima década, una vez que la intención de alcanzar la meta de cero muertes en 2020 ya ha fracasado, pese a la voluntad de Pere Navarro, director general de la DGT que había puesto en marcha este objetivo en la década anterior.

Las principales novedades son el aumento de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano el móvil. Se mantiene eso sí la multa de 200 euros. Suben sin embargo a cuatro los puntos que se restan por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, se sanciona el mal uso de estos elementos como llevar mal puesto el casco o el cinturón sin abrochar.

También se persigue la utilización de mecanismos de detección de radares o cinemómetros. (Aunque se desactiven será una infracción grave multada con 500 euros y la pérdida de tres puntos). Los turismos y motocicletas ya no podrán rebasar en 20 kilómetros por hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos.

Por realizar cursos de conducción se recuperarán dos puntos y los conductores sin sanciones en dos años recuperan todos los que tenían. Igualmente las empresas de transporte de personas y de mercancías podrán acceder ‘online’ al registro de conductores para conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se informará en rojo (no en vigor) o verde (si).

Objetivo
La meta es rebajar a la mitad la cifra de muertes para seguir la directiva fijada por la OMS

Desaparece la opción de rebasar los 20 kilómetros por hora en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera. El límite será de 30 en vías de carril único y d e 50 en las de dos carriles.

Definitivamente se establece una regulación para los patinetes cuya velocidad máxima estará comprendida entre 6 y 25 kilómetros por hora. Se excluyen los vehículos para personas con movilidad reducida como sillas de ruedas. No se podrá circular con ellos por las aceras y las zonas peatonales, así como por vías interurbanas, travesías y autopistas y autovías que transcurran por poblaciones, ni en túneles urbanos. - Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos, por lo que los conductores podrán ser sometidos a la prueba de alcoholemia y no se podrán usar auriculares. Estas tres medidas entrarán en vigor el 2 de enero de 2021. Además deberán contar con el correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual, dos años después de que éste se publique.

La nueva normativa reduce de 21 a 18 años la edad mínima exigible para conducir camiones y baja a 18 años la edad mínima para conducir autocares, pero sin pasajeros y en un radio máximo de 50 kilómetros. Solo será a partir de los 21 años y con el Certificado de Aptitud Profesional de 280 horas cuando podrán llevar pasajeros.

El Gobierno amplía de 3.500 a 4.250 kilos el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión.

La normativa que se pretende aprobar especifica los equipos de protección obligatorios que tienen que llevar los aspirantes en las pruebas de destreza y de circulación para la obtención de los permisos de moto, según los planes de la cartera de Interior.

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