Gominolas y frutos secos, única comida a la venta
Dentro de los artículos autorizados de venta aparecen los productos de alimentación, aunque se su lista se limita a los frutos secos, golosinas y encurtidos. No obstante, aparece que, «excepcionalmente», se pueden autorizar otros diferentes.
En este sentido añaden que la venta de estos productos «estará sujeta al cumplimiento de los requisitos higiénico-sanitarios y de seguridad alimentaria, impuestos por la normativa sectorial vigente».
En cuanto a los demás productos autorizados se encuentran los artículos de artesanía; de textil, calzado y complementos; de bisutería, quincalla, mercería, guarnicionería y similares; las plantas y flores; música y películas; artículos de ferretería, de ornato de pequeño volumen y las antigüedades, los productos de segunda mano, de coleccionismo, sellos y monedas.
Por otro lado, el reglamento llevado a cabo por el equipo de gobierno leonés dedica un artículo a la garantía general de los artículos, estableciendo que todos los productos comercializados en régimen de venta ambulante «deberán cumplir lo establecido en materia de sanidad, higiene, normalización y etiquetado».