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Próxima campaña

Guía para reducir la factura fiscal en la próxima declaración de la Renta

Vivienda, planes de pensiones o incluso el teletrabajo pueden ayudar a evitar un susto al rendir cuentas con Hacienda

agencia tributaria

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Clara Alba
León

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Apenas quedan cuatro meses para que se inicie la nueva campaña de la declaración de la Renta, que realizaremos entre abril y junio de 2022, pero aún hay tiempo para pensar cuánto nos tocará pagar y cómo podemos minimizar la factura fiscal de un ejercicio que, además, ha traído importantes novedades como la reducción en las bonificaciones por aportar a planes de pensiones e incluso los cambios de hábito en el trabajo.

El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) estima que si se toman las decisiones adecuadas antes de final de año, el ahorro medio en la próxima declaración puede alcanzar hasta los 2.893 euros, dependiendo de los rendimientos de cada contribuyente (ver cuadro). "Cuando aún disponemos de tiempo, conviene hacer una radiografía y trazar un plan financiero y fiscal que tenga en cuenta nuestras circunstancias personales y objetivos para sacar más partido a nuestro dinero", explican los analistas patrimoniales de Abante.

  • Vivienda La vivienda es uno de los bienes que mayores posibilidades de desgravación permite. Quienes compraron su casa o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013, seguirán disfrutando de la desgravación, siempre y cuando hayan tenido deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. "Estos contribuyentes pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de 9.040 euros", indican los técnicos de Hacienda. "Teniendo en cuenta este techo, puede resultar interesante realizar un pago adicional -de 4.840 euros de media- para amortizar la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 726 euros", calculan.
  • Eficiencia energética Agustín Fernández, presidente del Consejo General de Economistas-Asesores Fiscales (Reaf), también recuerda que si alquilamos una casa como vivienda habitual, podremos deducirnos entre un 20% y un 60% de lo que hemos pagado por las obras que reduzcan el consumo energético o incrementen la eficiencia energética si los cambios se han realizado desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre. "Lo mismo es predicable para las obras realizadas en la vivienda habitual", añaden.
  • El truco de la reinversión Para quienes vendieran su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta en función de su cuantía, entre el 19% y el nuevo tipo del 26% para rentas de ahorro y ganancias superiores a 200.000 euros, que entró en vigor en 2021. No obstante, los técnicos de Hacienda señalan que si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago.
  • Teletrabajo y 'cheques comida' La pandemia también ha traído consigo nuevos hábitos en las relaciones laborales como el teletrabajo. Los economistas recuerdan que, en caso de haber trabajado desde casa y de recibir de la empresa una compensación por algunos gastos como Internet o la luz, estos no podrán deducirse pues se consideran rendimientos íntegros del trabajo. Eso sí, si se pacta con la empresa que esas cantidades vienen a remunerar dichos gastos antes de finalizar el año sí se podrán deducir. Igual que las retribuciones en especie como los cheques restaurante, exentos de tributación, aunque se usen para pedir comida a domicilio si ha trabajado desde casa. Trabajo en el extranjero y despidos Los trabajos realizados para empresas radicadas en el extranjero están exentos con un máximo de 60.100 euros anuales. Si, por el contrario, la crisis se ha cebado con un despido, desde el REAF recuerdan que la indemnización queda libre de impuestos hasta los 180.000 euros.
  • Inversión en start ups Los expertos recuerdan que los amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores también pueden acceder a deducciones. En concreto, del 30% en la cuota estatal del IRPF sobre su inversión en una nueva empresa al suscribir las acciones o participaciones de la misma, siendo la base máxima de la deducción de 60.000 euros anuales limitada a una participación, junto con su cónyuge y familiares. Y nunca superior al 40% del capital de la entidad.
  • Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación. Actualmente, los técnicos remarcan que esta deducción es la más potente del IRPF, permitiendo deducir adicionalmente 1.274 euros de media a quien financie a una empresa reciente, aunque se precisa invertir otros 4.246 euros.
  • Donativos Los españoles han vuelto este año a demostrar su solidaridad en la recta final del año con numerosos donativos para ayudar a los afectados por el volcán de La Palma. Que sepan que ese dinero también se pude deducir, con carácter general, un 80% para los primeros 150 euros y el 35% sobre el exceso de los donativos realizados a las fundaciones previstas en la ley (Médicos sin fronteras, Caritas, UNICEF o Manos Unidas, entre otros). Los expertos de Abante recuerdan, además, que si en los dos periodos impositivos inmediatos anteriores hubiéramos realizado donativos en favor de una misma entidad por un importe igual o superior al del ejercicio anterior, la deducción del importe que exceda de 150 euros será del 40%.
  • Las cuotas de afiliación a partidos políticos también tienen una deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros
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