Diario de León

Recaudación

Hacienda dejará de ingresar 3,5 millones de euros tras la prescripción de siete delitos

Media docena de acusados se libran de penas de hasta 40 años de cárcel por un supuesto fraude en el IVA de 2002

León

Creado:

Actualizado:

La Agencia Tributaria dejará de percibir más de tres millones de euros en concepto de responsabilidad civil subsidiaria por una denuncia presentada por la delegación de León contra siete personas, acusadas de otros tantos delitos contra la Hacienda Pública, que a criterio de la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de León, acabaron prescribiendo. Las denuncias se habían formulado a causa de las declaraciones del IVA correspondientes a los años 2002, 2003 y 2004. El Ministerio Fiscal solicitaba penas que sumaban en torno a los 40 años de prisión en total para seis de las siete personas. Ninguna de las propuestas de la acusación por parte de la fiscalía ni de la acusación particular ha prosperado, puesto que en el devenir de la instrucción de la causa por la vía penal se agotaron los plazos legales. El bufete leonés de abogados Armesto y Bardal defendió a dos de los investigados.

De acuerdo al texto de la sentencia, que obra en poder de este periódico, se declara probado que el 11 de julio de 2007 se notificó al Abogado del Estado una providencia en la que se notificaba la renuncia de varios letrados y se concedía un plazo de tres días a uno de los sospechosos para que designara nuevo abogado. Transcurrieron entonces cinco años sin que se practicase actuación procesal alguna que permitiese avanzar en el procedimiento de investigación.

La causa de la paralización de la instrucción radica en una comisión rogatoria librada en una providencia de 31 de enero de 2008 para recibir declaración en calidad de imputada a una de las acusadas en el Reino Unido. Después de averiguar su domicilio, resultó que la administración inglesa solicitó que se enviase por escrito un pliego de preguntas. Un error en el segundo apellido de la sospechosa, la necesidad de que las preguntas fuesen traducidas y una propuesta de la autoridad británica exigiendo mayor información determinaron una paralización de las actuaciones llevaron a la Fiscalía a exigir que se dictara el auto de procedimiento abreviado para los demás acusados, con el fin de evitar la prescripción de los delitos. «Ni la comisión rogatoria iniciada el 31 de enero de 2008 ni la declaración en calidad de imputados acordada en providencia de 22 de noviembre de 2012 hicieron que el proceso avanzara ni se consumiera en sus distintas etapas, porque quedó como estaba».

Puntualización
La prescripción «no se interrumpe por la realización de diligencias inocuas», dice la jueza

«La presentación de querella o denuncia formulada ante un órgano judicial en la que se atribuya a una persona su presunta participación en un hecho que pueda ser constitutivo de delito suspenderá el cómputo de la prescripción por un plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de la presentación de la querella o denuncia», explica la sentencia. «Aunque la tramitación de los recursos en principio interrumpe la prescripción, el contenido de la resolución recurrida no lo hace», detalla la jueza.

El cómputo de la prescripción «no se interrumpe por la realización de diligencias inocuas o que no afecten al procedimiento», señala la jueza. La interposición de la querella se llevó a cabo el 2 de octubre de 2009 «pero entendemos en cambio que el auto que dicta el juzgado instructor en fecha 8 de octubre de 2009, sí cumple con la exigencia y dirige el procedimiento contra el culpable», señala la jueza en referencia a la apelación de que el procedimiento no se había dirigido contra los acusados hasta el 23 de noviembre de 2009.

Destaca la sentencia que el plazo para presentar la declaración del IVA del último trimestre de 2002 finalizaba el 30 de enero de 2003 y así sucesivamente para los años 2003 y 2004. El plazo de prescripción de los delitos a los que hacía mención la denuncia finalizaba el 30 de enero de 2008 para el ejercicio de 2002, hasta el 30 de enero de 2010 para el caso de 2004.

DE MODO CONJUNTO

En lo tocante al delito de falsedad en documento mercantil, hay otra referencia similar: «La unidad delictiva prescribe de modo conjunto, de forma que no cabe apreciar la prescripción» aislada del delito instrumental mientras no prescriba el delito más grave o principal», según reza la jurisprudencia tomada de la Audiencia Provincial de Madrid de febrero de 2019.

La sentencia detalla un prolijo apartado de actuaciones llevadas a cabo «que son innecesarias, pues están relacionadas con la averiguación del domicilio de una de las imputadas par su declaración luego desestimada por la instrucción». No entra el texto a analizar las actuaciones previas al 11 de julio de 2007 ni las posteriores al 22 de noviembre de 2012 «por razones obvias», dice la jueza que determina que procede dictar una sentencia absolutoria contra todos los acusados al estimarse la prescripción de los delitos objeto de imputación.

tracking