Diario de León

TRIBUNALES

El Hospital de León deberá cambiar el trabajo de los celadores por una sentencia

Los tribunales reconocen que realizan funciones impropias a su categoría

Un paciente en silla de ruedas en un hospital leonés

Un paciente en silla de ruedas en un hospital leonés

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León

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carmen tapia | león

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de León ha dado la razón a los celadores del Hospital de León para que dejen de realizar funciones impropias a su categoría profesional. El juez estima íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Sindicato Asambleario de celadores y personal de gestión y servicios (SAC) contra la desestimación presunta de la dirección de gerencia del Hospital de León en su reclamación del 27 de mayo de 2015 por la realización de funciones impropias de los celadores del centro hospitalario

El juez considera que los celadores del Hospital de León hacen funciones impropias a su categoría profesional como el transporte de muestras biológicas, rasurado de pacientes, manipulación y traslado de instrumental médico destinado a ser esterilizado y dosificación de oxigeno medicinal a los pacientes.

El responsable provincial del sindicato SAC , Arturo Menéndez González, asegura que esta sentencia, contra la que cabe recurso por parte de Sacyl, «obligará a cambiar el sistema de trabajo que se ha hecho en el Hospital de León desde hace treinta años» porque la sentencia recoge que ese trabajo «excede de las funciones de un celador atendiendo a su formación profesional». Las instrucciones afectarán a todas las unidades del Hospital de León. La sentencia tiene su origen en una reclamación del Sindicato de Auxiliares de Enfermería.

El Hospital tiene un plazo de quince días para apelar la sentencia.

En cuanto al traslado de pruebas biológicas, la sentencia dice que «vá más allá de un simple traslado de mueble o enser, inerte, elementos sin ningún tipo de material genético en su composición».

También sostiene que las labores de rasurado deben ser el cometido de los auxiliares de enfermería «a excepción de rasurado de cabeza, que lo realizará siempre el peluquero o el celador, tanto a hombres como a mujeres.

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