Diario de León

Tenía capacidad económica y tampoco había indemnizado a la madre

Ingresa en Villahierro un padre tras no pagar la pensión de sus hijos cinco años

Vista exterior del Centro Penitenciario de Villahierro. MARCIANO PÉREZ

Vista exterior del Centro Penitenciario de Villahierro. MARCIANO PÉREZ

León

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El Juzado de lo Penal número 1 de León decretó el ingreso en prisión de un varón, padre de dos hijos, cuya pensión alimenticia no había abonado en los últimos cinco años. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ratifica el auto que deniega la suspensión de la condena (es bastante habitual concederla en sentencias de hasta dos años de prisión cuando se cumplen determinados requisitos) porque el acusado tampoco había satisfecho la indemnización que se le había impuesto por un delito de violencia de género contra la madre de sus hijos.

El auto de Penal 1 deniega la suspensión condicional de la pena de seis meses de prisión impuesta al condenado como autor de un delito de abandono de familia. «Nos encontramos ante una persona de una peligrosidad criminal evidente , que ya fue condenado en el año 2011 por un delito de violencia de género, y que no ha hecho esfuerzo alguno para abonar la indemnización civil que por un importe de 31.291 euros se le impuso en sentencia firme de fecha 28 de septiembre de 2018», luego confirmada por otra de ka Sección Penal de la Audiencia Provincial.

El auto decreta el ingreso en la cárcel «para evitar en la víctima la sensación de impunidad»

En aquellas resoluciones «se ponía de manifiesto que el acusado había dejado de pagar cantidad alguna en concepto de alimentos en favor de dos de sus hijos menores desde el año 2013 hasta el año 2018, a razón de 450 euros al mes, ni tampoco ha hecho frente a la mitad de los gastos extraordinarios como venía obligado por sentencia de fecha 31 de enero de 2008».

Como señala el auto apelado «no procede la suspensión para que pudiera generarse una sensación de impunidad e indefensión en la víctima que agravara su perjuicio ». Ya en la sentencia que dio lugar a la ejecutoria, se ponía de manifiesto que «teniendo capacidad económica no había hecho frente al pago de los alimentos a los que venía obligado y cuya situación se mantiene actualmente».

El auto refleja que la decisión ya es firme y que contra ella no cabe ya recurso en ninguna otra instancia.

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