Diario de León

El juez niega que un banco devolviera dinero de más por un crédito revolving

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Una clienta de una entidad bancaria no tendrá que devolver 2.200 euros que afirmaba haberle repuesto de más su banco, por considerar el Juzgado de Primera Instancia número 9 de León que no se formuló reconvención (una demanda que se presenta en contestación a otra demanda) tras la primera resolución. La entidad financiera reclamaba el principal y los intereses y tras la sentencia perdió ambos y fue condenada en costas, incluidos los gastos de RBH Global Asesores, cuyo letrado, Pablo Roberto Herrero, representó a la demandada.

«Ella manifiesta que ya ha abonado la totalidad de la cantidad prestada y, por lo tanto, que no debe cantidad alguna, sin embargo, no efectúa o, por lo menos, no consta a su oposición, un desglose de los distintos pagos que ha efectuado y cuál sería la cuantía total pagada para llegar a la conclusión que ya abonó tal cantidad prestada, a este respecto, este juzgador, del extracto de movimientos aportado por la demandante y, computando y sumando los pagos que aparecen como cobro de capital vencido, de intereses, demora capital o demora interés sin tener en cuenta aquellos en que posteriormente aparece por delante la palabra correción. En consecuencia, efectivamente, la cantidad prestada, ya se halla abonada, por lo que dará lugar a la desestimación de la demanda».

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