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La Junta habilita a partir de hoy otros seis meses de tarifa plana para los autónomos

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La Consejería de Empleo e Industria abrió ayer el primer plazo de solicitud para que los trabajadores por cuenta propia puedan solicitar la extensión de la tarifa plana durante seis meses.

Con ello, según informó la consejería en un comunicado, los autónomos de Castilla y León que se hayan beneficiado de la tarifa plana estatal, es decir, de la cuota reducida de cotización a la seguridad, podrán prolongar esa reducción y beneficiarse de una cuota reducida durante un total de 18 o de 30 meses.

La medida gestionada por la Consejería de Empleo e Industria, a través de la Dirección General de Economía Social y Autónomos, pretende reducir la carga de gastos que suponen las cotizaciones sociales para los trabajadores por cuenta propia, facilitándoles liquidez para contribuir a paliar las consecuencias de la pandemia y a facilitar su recuperación económica.

El compromiso es atender a la totalidad de las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos, como ya se hizo durante la convocatoria del pasado año, de la que se beneficiaron 1.659 autónomos. A estas ayudas pueden acceder todas las personas incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores Autónomos o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios que hayan estado acogidos a la tarifa plana estatal a partir del 1 de julio del 2019, en el caso de que el disfrute de la reducción se haya producido durante 12 meses; y a partir del 1 de agosto del 2018, en el caso de los autónomos que se hayan beneficiado de la reducción estatal durante 24 meses.

El primer plazo para optar a estas ayudas se inició ayer y finaliza el próximo 28 de mayo, y afecta a las altas producidas del 1 de julio de 2019 al 31 de marzo de 2020, ambas inclusive, en el caso de los autónomos acogidos al disfrute de la reducción durante 12 meses.

Así mismo, deberán presentar su solicitud durante este primer plazo, los autónomos que hayan causado alta entre el 1 de agosto de 2018 y el 31 de marzo de 2019, ambas inclusive, en el caso de que el disfrute de la reducción haya tenido una duración de 24 meses. El segundo plazo de solicitud se establece entre el 21 de junio y el 9 de julio de 2021. Durante este periodo deberán presentar su solicitud los autónomos que hayan causado alta entre el 1 de abril de 2020 y el 1 de junio de 2020.

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