Diario de León

La Junta prevé 37 M€ por el colapso de las obras públicas

La partida se aplicará a revisiones de precios de entre el 5 y el 20%

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Con el objetivo de «evitar el colapso y estancamiento de las empresas contratistas que se han visto perjudicados por el incremento del coste de las materias primas en el actual contexto de recuperación económica», la Junta anunció ayer que pondrá en marcha «distintas medidas por un importe de 37 millones de euros, al objeto de permitir la ejecución de los contratos públicos». De esta forma, la administración autonómica se adhiere a la aplicación de medidas del Real Decreto-Ley 3/2022, de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos de obras del sector público.

La medida se aplicará a «las entidades locales y al resto del sector público institucional de la comunidad, siempre que así lo acuerden sus respectivos órganos de gobierno», como señalaron desde la Junta, que además reclamará al Gobierno de España que «esa revisión de precios se extienda al resto de tipología de contratos y materiales».

El sistema hará que la Junta reconozca al contratista «la posibilidad de una revisión excepcional de precios en los contratos públicos de obras, ya sean administrativos o privados, adjudicados por cualquiera de las entidades que formen parte de la administración autonómica que se encuentren en ejecución a la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley».

La revisión excepcional de precios «se reconocerá cuando el incremento del coste de los materiales empleados para la obra adjudicada haya tenido un impacto directo y relevante en la economía del contrato durante el ejercicio 2021», señalaron desde la institución. Se considerará que existe tal impacto «cuando el incremento del coste de materiales siderúrgicos, materiales bituminosos, aluminio o cobre del contrato, exceda del 5% del importe certificado del contrato en el ejercicio 2021», detallaron desde la Junta, a la vez que abundaron en que «el cálculo del aumento de precio se realizará suprimiendo del contrato, los costes distintos a los materiales citados».

Entre las condiciones se cita además que «la revisión excepcional no podrá ser superior al 20% del precio total de adjudicación del contrato». La revisión excepcional de precios se aprobará «por el órgano de contratación tras la solicitud del contratista que deberá presentarla en el plazo de dos meses a contar bien desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley o desde la publicación, si fuera posterior, de los índices mensuales de los precios de los componentes básicos de costes, relativos al último trimestre del año 2021».

Con posterioridad, el órgano de contratación «dictará una propuesta provisional indicando si procede reconocer la revisión excepcional de precios y la fórmula aplicable al contrato, que se trasladará al contratista en un plazo de 10 días hábiles para que presente alegaciones». Transcurrido el plazo, resolverá «lo que proceda en el plazo de un mes.

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