Diario de León

León registró más de 25.000 divorcios desde la ley de 1981

Las rupturas consensuadas forman la mayor parte de las disoluciones

El divorcio express significó un boom de casos a partir de 2006. DL

El divorcio express significó un boom de casos a partir de 2006. DL

León

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La provincia de León registró en torno a 25.000 divorcios entre 1981 y 2020, de acuerdo a los datos recopilados por el Consejo General del Poder Judicial en un estudio por comunidades autónomas, del cual se derivan datos provinciales aproximados que reflejan que los divorcios de mutuo acuerdo, que fueron en torno a 5.000 en León, fueron la causa más común de ruptura matrimonial.

Los divorcios por la vía de lo contencioso fueron la siguiente fuente de rupturas matrimoniales, con 4.500 procedimientos en los que fue un juez quien tuvo que dilucidar la fórmula para la desvinculación de los cónyuges y las medidas correspondientes.

Hubo en torno a otras 5.000 separaciones, la mitad consensuadas y la otra mitad necesitada de decisiones judiciales en los Jugados de Familia. Por contra, en todo este tiempo, las nulidades apenas llegaron al medio centenar.

Entre 1981 y 1995, separaciones y divorcios eran en su mayoría procesos contenciosos. Desde 1995 para las separaciones y desde 1999 para los divorcios, las disoluciones matrimoniales de mutuo acuerdo tienden a ser predominantes.

Proporción
A nivel nacional, los datos reflejan una media de 86,8 divorcios por cada 1.000 habitantes

Casos especiales
Las nulidades matrimoniales apenas han llegado al medio centenar en León

El número total de procesos de disolución matrimonial por año, desde 1981, experimentó su máximo en 2006, lo mismo que el número de disoluciones por 1.000 habitantes. Desde 2007, se aprecia una importante caída, posiblemente como consecuencia de la crisis económica. En 2010 los datos se estabilizan y, entre 2015 y 2019, se aprecia un nuevo descenso, aunque más suave. La disminución en el número de procesos de disolución en 2020 puede atribuirse a los efectos causados por la crisis sanitaria del Covid-19.

Desde la aprobación, en 1981, de la primera ley del divorcio hasta finales de 2020, se han tramitado en todo el territorio nacional 3.658.530 procedimientos de separación y divorcio, tanto consensuados como no consensuados, y 4.754 de nulidad matrimonial. El total, 3.663.284 expedientes judiciales de disolución matrimonial.

La tasa media nacional, obtenida al poner en relación el número de procedimientos de disolución con la media de población de todo el periodo analizado, fue de 86,8 disoluciones por cada 1.000 habitantes.

El análisis de los datos, realizado por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial, tiene en cuenta el marco legal de todo el periodo. Desde 1939 hasta 1981, la única disolución posible del matrimonio era la muerte o declaración de fallecimiento o la nulidad (canónica en la mayoría de los casos), que no es propiamente una disolución sino la desaparición del vínculo matrimonial con efectos retroactivos.

Fue la entrada en vigor de la Ley 30/1981, de 7 de julio, la que volvió a permitir en España el divorcio como causa de disolución del matrimonio mediante la modificación del Código Civil. Con posterioridad, hubo otros dos hitos legales importantes: la Ley 15/2005, de 8 de julio, que eliminó la separación como requisito previo indispensable para la obtención de una sentencia de divorcio y fijó, tanto para separaciones como para divorcios, un plazo de tres meses desde la celebración del matrimonio para poder presentar la demanda, en la que ya no debía especificarse la causa. Esta ley estableció también que no sería necesario el transcurso del plazo de tres meses en caso de riesgo para la vida, la integridad física o moral y para la libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos.

Finalmente, la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria previó la tramitación de determinados procesos de separación y divorcio ante notario.

Para la elaboración de la estadística por territorios, se ha tenido en cuenta que los datos correspondientes al periodo 1981 a 1988 provienen de las antiguas Audiencias Territoriales, mientras que los del periodo 1989 a 2020 son datos recabados de los Tribunales Superiores de Justicia. Por tanto, para la elaboración de la estadística completa (desde 1981 hasta 2020) se han imputado a los Tribunales Superiores de Justicia realizando un reparto proporcional con los datos provinciales de 1995 a 2000.

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