Diario de León

El narco que ató con una cuerda los genitales a un testigo sale en libertad

Solamente deberá comparecer los miércoles en sede judicial y no podrá abandonar el país

El acusado se encontraba en el Centro Penitenciario de Villahierro. MARCIANO PÉREZ

El acusado se encontraba en el Centro Penitenciario de Villahierro. MARCIANO PÉREZ

León

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La Audiencia Provincial de León estimó el recurso presentado por un narcotraficante, en prisión provisional tras haber sido detenido en una intervención de la Guardia Civil contra el tráfico de estupefacientes, que solicitaba su libertad provisional alegando que no existía el riesgo de que se sustrajese a la acción de la justicia.

«En este caso concreto, es evidente que el tiempo transcurrido desde que el día 15 de octubre de 2020 se acordó la prisión provisional del investigado, debilita el riesgo objetivo de fuga. Además, se ha de tener también en cuenta que tiene arraigo familiar y sin que se le conozcan contactos en países extranjeros, por lo que consideramos que existen razones suficientes como para disuadirle de tentaciones de sustracción a la justicia», dice el fallo.

«Por otro lado, la fase procesal en la que nos encontramos hace muy poco verosímil que el apelante, de encontrarse en situación de libertad, pueda ahora alterar o destruir fuentes de pruebas relevantes para la averiguación de los hechos, recordemos que ya se ha practicado prueba preconstituida de la víctima. Además, no existe dato objetivo alguno que justifique la existencia de riesgo de que la misma pueda atentar contra bienes jurídicos de esta y más con las medidas cautelares que vamos a adoptar en aplicación de la ley. En definitiva, consideramos que procede poner fin a la situación de prisión provisional del investigado, debiendo prevalecer su libertad provisional en los términos que indica el artículo 17 de nuestra Constitución», señala la Sección Tercera.

Cambio de medidas
La sala considera que ya ha permanecido tiempo suficiente en la cárcel hasta que salga el juicio

Las actuaciones traen causa de las investigaciones llevadas a cabo por la Policía Judicial de la Guardia Civil, por hechos supuesta e hipotéticamente ocurridos sobre las 07,00 horas del día 3 de septiembre de 2020, cuando un testigo protegido que había depuesto en estas actuaciones, se dirigió a un inmueble, con la finalidad de controlar una plantación de marihuana, cumpliendo así el encargo realizado por unas personas contrarias al grupo integrado por los investigados. Cuando el referido testigo se encontraba en las inmediaciones de esa plantación de marihuana, fue sorprendido por varios de los investigados que portaban armas de fuego, entre los que se encontraba el apelante, siendo golpeado en la cabeza y cayendo al suelo como consecuencia del fuerte golpe recibido, sustrayéndole los investigados el teléfono móvil que portaba. Acto seguido, el testigo protegido fue trasladado por varios de los investigados en un coche hasta una pequeña bodega o caseta, donde le dijeron que si no les decía quien le había mandado le iba a pegar dos tiros, al tiempo que otro un investigado le ató cabeza abajo preguntándole quien le había mandado.

Al cabo de unos minutos, varios de los investigados sacaron al testigo de la caseta y le ataron a un coche de color verde, arrastrándolo. Luego otro de los investigados le echó gasolina y le quemó, mientras que una de las investigadas le quemaba en la frente con un cigarrillo y otro le ataba una cuerda al pene amenazándole con tirar. El testigo protegido fue también golpeado repetidamente por varios de los investigados, sufriendo importantes lesiones, y todo con la finalidad de que dijera las personas que le habían envidado, hasta que finalmente el testigo protegido dijo a los investigados qué personas le habían encargado ir a la plantación de marihuana, contestando estos que hasta que esas personas no pagaran la marihuana sustraída días atrás no le iban a dejar marchar.

Luego algunos de los investigados le llevaron a una casa donde el testigo protegido estuvo detenido contra su voluntad hasta que finalmente, transcurridas varias horas o días, le dejaron en libertad.

La sala acuerda su libertad provisional condicionada al cumplimiento de la obligación de comparecer apud acta ante el órgano judicial que conozca de la causa todos los miércoles de cada semana; prohibición de abandonar el territorio nacional y que haga entrega de su pasaporte; y la prohibición de acercarse a menos de doscientos metros de distancia de la víctima-testigo protegido, de ser conocida su identidad, cualquiera que sea el lugar en el que este se encuentre y de comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento, por decisión de la Audiencia.

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