Diario de León

La nueva plusvalía municipal no evitará que se pague en las herencias de padres a hijos

La UPL reclama que el Ayuntamiento incluya este caso en la modificación aplicada por la sentencia del Constitucional

Imagen de archivo del Ayuntamiento de León. JESÚS F. SALVADORES

Imagen de archivo del Ayuntamiento de León. JESÚS F. SALVADORES

León

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Para dar "respuesta al mandato del Tribunal Constitucional ", el Ayuntamiento de León modificará la ordenanza del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. El tributo, conocido de manera popular como plusvalías, se corrige de manera principal para que no se sometan "a tributación las situaciones de inexistencia de incremento de valor de los terrenos", a la vez que aclara "el vacío normativo sobre la determinación de la base imponible", que impedía "la liquidación, comprobación, recaudación y revisión de este tributo local y, por tanto, su exigibilidad". Pero no anota entre sus exenciones de pago, como advierte la UPL la inclusión de "las viviendas familiares habituales que se hereden de padres a hijos".

Los leonesistas, más allá de la sentencia del Constitucional , reclaman al resto de grupos políticos que incluyan este caso dentro del capítulo de los que no están obligados a pagar la plusvalía. La enmienda, que no se admitió en la comisión informativa de Hacienda, se mantendrá para la sesión plenaria de esta semana, en la que el portavoz de la UPL, Eduardo López Sendino, intentará convencer de nuevo a PSOE, PP y Ciudadanos de que se adhieran a la medida que persigue que no se pague "en las transmisiones 'mortis causa' de padres a hijos, siempre que se corresponda con la vivienda habitual familiar, en consonancia y correlación con las actuales exenciones en el impuesto de sucesiones".

La enmienda se debatirá en el Pleno de esta semana, pero PSOE, PP y Cs no la admitieron ya en la comisión informativa

La argumentación de la UPL abunda en que "resulta de estricta justicia que la vivienda habitual familiar, que se transmite de padres a hijos por causa de muerte, no tribute por este impuesto de plusvalía, lo mismo que tampoco se tributa en el impuesto de sucesiones ". Aunque apostillan que "en este caso la enmienda propuesta solamente lo es para la vivienda familiar habitual, no para el resto de viviendas que puedan transmitirse que no tengan tal concepto, de tal manera que la recaudación que por este impuesto se obtenía no se vea excesivamente minorada, pero al mismo tiempo tampoco se grave a aquellas personas que reciben de sus padres la vivienda que ha sido familiar y habitual".

Los leonesistas insistieron en que ven "lamentable que ni el equipo de gobierno del Partido Socialista y Podemos, ni los partidos en la oposición PP y Ciudadanos, hayan tenido la más mínima sensibilidad en la propuesta de UPL y hayan votado todos al unísono la modificación de la ordenanza, que no contempla esta justa reivindicación". "Cabe la esperanza de que en el pleno municipal se llegue a un consenso que recoja esta petición", dejaron abierto desde la UPL.

La modificación establece dos fórmulas de cálculo: una de estimación "objetiva" y otra "directa" aportada por el sujeto pasivo

A la espera de que se concrete la inclusión o no de este supuesto por el que no se pagaría, la modificación de la ordenanza fiscal establece "una nueva fórmula de cálculo de la base imponible a través de dos métodos", como se cita en el informe técnico, que sigue la estela de lo aplicado ya en otros ayuntamientos de España, que cuentan hasta mayo para cumplir con la actualización.

El primero alude a la "estimación objetiva", al incorporar "una mejora técnica en la determinación de la base imponible para que refleje en todo momento la realidad del mercado inmobiliario", mediante la sustitución de "los vigentes porcentajes anuales aplicables sobre el valor del terreno por una tabla de coeficientes aplicables según el periodo de generación del incremento del valor". Estos valores "podrán ser actualizados anualmente a través de las leyes de presupuestos generales del Estado", en las que se tendrá "en cuenta la evolución de los precios de las compraventas realizadas". 

La segunda opción permite "un método de estimación directa al que podrá acogerse el sujeto pasivo", que contará con la opción de "crear un supuesto de no sujeción para aquellas situaciones donde se constate la inexistencia de incremento de valor".

A partir de ahora tendrá que tributarse en los casos de transmisiones en menos de un año

La alternativa "trata de adecuar la base imponible del impuesto a la capacidad económica efectiva del contribuyente", además de facilitar "su contribución al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con aquella". "Con esa finalidad se introduce la regla de salvaguarda para evitar que la tributación por este impuesto pudiera en algún caso resultar contraria al principio de capacidad económica; como se reseña en el informe, en el que se recalca que "sólo resultará de aplicación en aquellos casos en los que el sujeto pasivo no haga uso del sistema de estimación directa".

La ordenanza corrige otro aspecto. A partir de ahora se someterán "al gravamen del impuesto las plusvalías generadas en menos de un año". De esta manera se pagará por "aquellas que se producen cuando entre la fecha de adquisición y la de transmisión haya transcurrido menos de un año, que precisamente son las que pueden tener un carácter más especulativo". Entre los aspectos novedosos se incluye también "la posibilidad de efectuar las comprobaciones de oficio, como consecuencia de la introducción del supuesto de no sujeción, para los casos de inexistencia de incremento de valor, y de la regla para evitar la tributación por una plusvalía superior a la obtenida". 

El Ayuntamiento de León reconoció derechos en el último año por plusvalías por valor de 4,6 millones de euros

Como añadido último, se permitirá "la utilización del sistema de declaración-liquidación en aquellos supuestos en los que las circunstancias que concurran dificulten la práctica de la autoliquidación asistida en el plazo legal", según el informe para la modificación del impuesto por el que, en el año 2021, el Ayuntamiento de León liquidó unos derechos reconocidos netos de 4.666.384,25 euros.

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