Diario de León

TRIBUNALES

Los permisos de Triana y Raquel Gago penden de temas subjetivos

Pese a que han cumplido la cuarta parte de la pena, deben pasar por un informe previo

Triana Martínez y Raquel Gago. RAMIRO.

Triana Martínez y Raquel Gago. RAMIRO.

León

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Triana Martínez, condenada a 20 años de prisión por su participación en calidad de cooperadora necesaria del crimen de Isabel Carrasco y Raquel Gago, que cumple una pena de 14 años de prisión en calidad de cómplice, necesitarán que se apruebe un informe subjetivo antes de poder disfrutar de su primer permiso penitenciario, que todavía no se ha producido.

Cumplido ya el 25% del total de la condena, las dos condiciones indispensables para que las dos reclusas puedan acceder a sus primeras salidas puntuales para disfrutar de los beneficios penitenciarios que concede la legislación son el acceso al segundo grado (la expolicía ya lo tiene desde que salió de Villahierro) y el informe subjetivo.  

El problema radica en que las reclusas deben recibir el beneplácito de las direcciones de sus respectivos centros penitenciarios, el de Villabona (Asturias) en el caso de Triana y el de Madrid I (Alcalá de Henares) en el caso de Gago, que fue trasladada el pasado 17 de mayo. Y a tenor de la gravedad de los hechos por los que fueron juzgadas, parece complicado que en las primeras intentonas, se les concedan los permisos que solicitan.  

Fuentes solventes confirmaron a este periódico que por el momento, no se ha concedido ningún permiso a ninguna de las dos reclusas. Montserrat González no puede siquiera solicitarlos, habida cuenta de que tiene que cumplir la cuarta parte de su pena, circunstancia que se producirá dentro de 33 días, según fijan los plazos previstos.  

COMPORTAMIENTOS  

Mientras el comportamiento en prisión de Raquel Gago ha resultado modélico en todas sus etapas, madre e hija han comenzado a adaptarse a la vida carcelaria ya bien entrado el cumplimiento de las penas, después de una etapa complicada en un principio y con más de un problema.  

Las tres fueron consideradas culpables por el jurado popular que juzgó su causa en el año 2016. El veredicto determinó que la madre fue la autora material del la muerte de tres disparos de la presidenta de la Diputación, para lo cual contó con la colaboración de su hija, que le ayudó a esconder el arma y la ropa que vestía en el momento del crimen.  

El papel de Gago, muy discutido durante toda la instrucción, fue penado inicialmente con cinco años de prisión por encubrimiento. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León lo elevó a 12 por entender que su participación en los hechos había sido en calidad de cómplice, circunstancia que ratificó el Tribunal Supremo, que añadió dos años más de prisión por tenencia ilícita de armas. El caso acabó en el TEDH que no lo modificó.

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