Diario de León

Pide no entrar en prisión alegando que cuida de su padre, que es discapacitado

León

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial desestimó el recurso presentado por un varón, condenado a ocho meses de prisión, que solicitaba la suspensión de la pena alegando que tenía que cuidar de su padre, discapacitado.

«No es irrelevante el comportamiento del recurrente, que, lejos de asumir el cumplimento voluntario de la pena de ocho meses de prisión que se le impuso, confirmándose en segundo grado jurisdiccional la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado de lo Penal a quo , y poniéndose luego fuera del alcance de la justicia, al desaparecer de su domicilio, en el que no pudo ser hallado, evidenciaba con ello su intención de ponerse fuera del alcance del Juzgado de lo penal responsable de la ejecución de la pena privativa de libertad. Tal como tal comportamiento hizo necesario que el propio juzgado de lo Penal acordase el llamamiento del condenado por medio de requisitorias, poniendo en situación de busca y captura», dice la Audiencia.

Denegado
La Audiencia rechaza concederle la gracia por haber huido de su domicilio habitual

«Dado el comportamiento desleal a la justicia penal y próximo al tiempo presente de quien recurre, las posibilidades de que se sustraigan nuevamente a la justicia si se le otorgará la suspensión provisional hicimos al amparo del artículo 44 del Código Penal, no pueden ser más elevadas en este caso, por lo que era procedente su ingreso inmediato en prisión, nada más cumplimentarse la requisitoria que en su día fue expedida por el juzgado, sin que con ello se haya desconocido ningún derecho del condenado, pues no puede olvidarse que estamos ante una sentencia firme y que nuestras leyes hacen al juez competente para la ejecución garante de la posibilidad de la misma, siendo ese el sentido de los artículos 117.3 de la Constitución, 18. 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 990.II de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

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