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Sucesos

Reciben un maletín de su vecino y al abrirlo lo encuentran lleno de pistolas

El sospechoso les amenazó para que le pagaran 19.000 euros: «Si no os llevo por delante»

Las armas aparecieron de forma insospechada. JESÚS

Las armas aparecieron de forma insospechada. JESÚS

León

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Un vecino del área de La Valdoncina fue condenado a una multa de un mes a razón de seis euros diarios (180 euros) como autor de un delito de amenazas proferidas contra dos personas que residían en las inmediaciones de su domicilio, a las que entregó un maletín que, al abrirlo, estaba lleno de pistolas que entregaron a la Policía. El propietario del maletín, ante las pérdidas que le supuso presuntamente el asunto, amenazó a los destinatarios del maletín; «O me dais 19.000 euros o si no, os llevo por delante». Instrucción 5 de León se encargó de la causa.

De acuerdo al texto de la sentencia, ratificada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, el sospechoso hizo entrega de un maletín a sus vecinos para que se lo guardasen unos días. Al ver estos que contenían presuntamente armas de fuego llamaron a la Policía y se las entregaron.

Sobre las 13.00 horas del 27 de septiembre de 2019 la pareja se encontró en la escalera del edificio en el que viven, con el denunciado quien según el texto de la sentencia les dijo: «O me dais 19.000 euros o si no os llevo por delante, quiero lo que os di».

Recurso desestimado

El condenado apeló la sentencia y alegó su inocencia, tras negar haber amenazado a los denunciantes en momento alguno, y alegó la vulneración de la presunción de inocencia por ausencia de prueba de cargo para la condena. El recurso de apelación no fue estimado, «pues la jueza de instrucción llegó al convencimiento de la culpabilidad del acusado después de oír en el juicio oral las declaraciones de unos y de otros, tanto de los denunciantes como del denunciado y de un testigo, propietario del inmueble que vino a corroborar las manifestaciones de los denunciantes. Es cierto que ambos denunciados y preguntas del juzgador a quo, únicamente dijeron en el juicio oral que fueron amenazados por el denunciado el día 27 de septiembre de 2019, cuando se encontraron con él en las escaleras del edificio, y que el mismo les amenazó diciéndoles ‘me dais 19.000 euros o si no os llevo por delante, quiero lo que os dí’. Lo cual constituye un delito leve de amenazas, sintiéndose la pareja amenazada por dichas palabras», explica la sentencia.

No se ratificaron

Sin embargo en el juicio ninguno de los denunciantes fue capaz de corroborar lo que habían dicho en el atestado sobre las amenazas sufridas el día 23 de septiembre de 2019, donde manifestaron que cuando la pareja bajaba del autobús y se dirigían a su domicilio se encontraron con el condenado y éste les dijo: ‘Lo que habéis hecho, lo vais a pagar, ateneos a las consecuencias’. Esta segunda amenaza que inicialmente dijeron los denunciantes que había tenido lugar, cuando declararon en el atestado policial, no fueron capaces de ratificarla en el plenario (el juicio), y por lo tanto no puede tenerse por probado, si bien en todo caso el delito leve de amenazas tiene que darse por probado, en relación con las expresiones proferidas el día 27 de septiembre de 2019. En este sentido la sentencia de instancia aparece correctamente razonada, habiendo dado cumplimiento el juez a los principios de inmediación, contradicción y oralidad a que esa actividad se somete», explica la sentencia definitiva.

El fallo se declara firme y contra el mismo ya no cabe recurso alguno, por lo que se decreta el fin del trayecto judicial de la causa, que ya no podrá ser tratada en ningún otro ámbito judicial.

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