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Recuperan 20.000 euros en acciones del Banco Popular

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El Juzgado de Primera Instancia número 2 de León condenó al Banco Santander a indemnizar por 19.730,83 euros a un matrimonio leonés por ofrecer un folleto con contenido no veraz sobre la situación financiera del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016.

La jueza entiende que Banco Popular es quien tiene la obligación de informar de la veracidad de lo que se contrata, de forma que asume una posición importante y relevante además de la legitimación pasiva para soportar la acción de daños y perjuicios.

La jueza concluye, entre otras cosas, que las previsiones que realizaron en la nota de valores de la ampliación de capital «eran excesivamente optimistas. (…) Contablemente sí cumplía los requisitos de solvencia de Basilea III, pero los activos los tenía sobrevalorados y tenía los clientes mal clasificados como normales cuando eran dudosos», explica Vallverdú Abogados.

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