Diario de León

Tribunales

Un recurso deja en nueve años la pena al dueño del club de Valdearcos

Rechaza que hubiera trata de personas pero da por probada la inducción a la prostitución

fachada del tribunal supremo

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León

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El Tribunal Supremo condenó a una pena de nueve años de prisión al propietario del club nocturno de Valdearcos, ocho por cuatro delitos de inducción a la prostitución y uno más por un delito de favorecimiento de la inmigración ilegal.

El Supremo considera que no existió delito de trata de seres humanos, por lo que mantiene la condena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que en un auto aclaratorio refirió que imponía una pena de un año de cárcel por cada caso de inducción y no dos como figuraban en la resolución al recurso de apelación. No obstante, el Supremo en su sentencia definitiva se refiere a la pena inicial y no a la corregida.

Del apartado de hechos probados se mantiene solamente que el investigado explotaba un establecimiento «sirviéndose de mujeres de nacionalidad extranjera, fundamentalmente paraguaya, las cuales se encuentran en una precaria situación económica y consienten venir a España a ejercer la prostitución con el propósito de ayudar económicamente a sus familias».

Alguna de ellas, «han conseguido, por sus propios medios, llegar a España a trabajar como prostitutas en el establecimiento del acusado, y al carecer de medios económicos con los que sufragarse el viaje a España, consintieron en abonar al dueño del establecimiento donde van a ejercer la prostitución la cantidad de 3.000 euros trabajando como prostitutas hasta saldar la deuda, encargándose este, como contraprestación a su trabajo, a abonar los gastos generados del supuesto viaje de turismo, que comprendía la expedición del pasaporte, el billete de ida y vuelta, la reserva hotelera y la entrega de un dinero para el viaje de unos 900 o 1.000 euros».

Argumentos
En el domicilio del acusado se encontraron 7.000 euros que procedían de la explotación sexual

Eran conducidas directamente a su club donde el acusado, las acogía y daba residencia en una de las habitaciones del club donde vivirían, cobrándoles la cantidad de 50 euros al día por el hospedaje y donde trabajarían hasta que, con su actividad, abonasen la totalidad de la deuda.

Se aprovechaba

«Sabedor el acusado de su situación irregular en España, la ausencia de lazos con amigos o familiares en este país y el desconocimiento de la legislación española, a su llegada al club les intervenía, al menos inicialmente, su pasaporte, así como el billete de avión (que también era de vuelta), y el dinero viático entregado por la agencia de viajes para aparentar que era turistas y, prevaliéndose de su situación de vulnerabilidad las tenía sometidas y les imponía el horario de trabajo, el coste de los servicios etc... haciendo suyo el total del importe de lo obtenido por su actividad hasta que se hubiera saldado la deuda, la cual se incrementaba progresivamente al cobrarlas 50 euros al día por el alojamiento, así como el abono de un kit sanitario por cada servicio (de 3 a 5 euros)», según explica la sentencia.

En la entrada y registro autorizada judicialmente, en el local y en la vivienda del acusado anexa a dicho local, se localizaron 7.000 euros, que salvo el dinero que se encontraba en una habitación, 755 euros proceden de la actividad ilícita de explotación de las víctima, de acuerdo a las conclusiones extraídas de la investigación llevada a cabo.

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