Diario de León

Una sentencia declara legal el uso de intercomunicadores en motos

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Un juzgado de Madrid dio la razón a un motorista que en 2019 demandó a la Dirección General de Tráfico (DGT) por haberle impuesto una sanción de 200 euros y la detracción de tres puntos del carnet por usar un intercomunicador mientras conducía por la M-506. La sentencia condena a la DGT porque el agente que denunció al motorista no pudo aportar pruebas de que el conductor estuviera utilizando el intercomunicador.

Según informó a La Vanguardia el departamento jurídico de Pyramid Consulting, la asesoría que llevó el caso, el fallo emitido por el juez se sustenta en la falta de pruebas que acrediten el momento de la infracción. “Nos hallamos ante sanciones instantáneas. Es decir, que no son captadas por cámaras, como pudieran ser las de velocidad”. Al no practicarse la declaración testimonial del agente, el juez estima que se declara una situación de indefensión del denunciado y le da la razón. Por lo tanto, el motorista ha ganado la sentencia y recupera los 200 euros y los tres puntos del carnet que había perdido al ser sancionado.

La sentencia dictada por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 21 de Madrid abre la puerta para que otros motoristas que se encuentran en la misma situación puedan recurrir la sanción con perspectivas de ganarla.

Existen muchas lagunas en torno a la legalidad de los intercomunicadores. El director general de Tráfico, Pere Navarro, expresó su deseo de legalizar el dispositivo antes de acabar el año 2021.

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