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Tribunales

El Supremo desestima también el recurso de David Villafañe, que acudirá al Constitucional

El condenado terminó de cumplir la pena hace dos años, pero mantiene la batalla por su inocencia

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M. Á. Z. | LEón
León

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El Tribunal Supremo desestimó el recurso de casación presentado por el leonés David Villafañe contra su condena a diecisiete años y medio de prisión como autor de la muerte de su novia en 1999, supuestamente para cobrar un seguro de 50 millones de pesetas, circunstancia que el penado niega. Se da a circunstancia de que del cumplimiento de la condena ya ha finalizado, pese a lo cual Villafañe continúa su batalla legal para demostrar que, desde su punto de vista, la condena es injusta.

Una providencia firmada por Manuel Marchena (el magistrado del Procés) recuerda que no puede admitirse a trámite o, en su caso, deberá ser desestimado, el incidente de nulidad contra sentencias o autos de esta Sala no susceptibles de recurso ordinario o extraordinario, en los siguientes supuestos: Cuando se pretenda que el Tribunal rectifique el criterio expresado en su resolución sobre las cuestiones propuestas, basándose para ello en argumentos coincidentes con los ya utilizados en el recurso». Pretendiéndose con este incidente que esta Sala rectifique el criterio expresado en el auto sobre las cuestiones planteadas en el escrito solicitando autorización para interponer recurso de revisión, basándose en argumentos coincidentes”.

Si el recurso de amparo no encuentra respuesta positiva, el penado no descarta acudir al TEDH

En definitiva, lo que se intenta es un nuevo examen de lo definitivamente acordado en el auto previo. “Allí, in extenso, se razonó por qué la denegación de la autorización al no encontrarnos con nuevos hechos ni con nuevos elementos de prueba que evidencien la inocencia del solicitante. En este escenario, deben decaer las denuncias de quiebra de derechos fundamentales porque se obtuvo una decisión fundada que dio respuesta pormenorizada a todas las alegaciones, bien que en sentido adverso a lo interesado, como conclusión de lo expuesto sólo procede la inadmisión a trámite del incidente, estar a lo ya resuelto motivadamente al no haberse producido vulneración alguna de derecho fundamental y dar por concluida la vía judicial, archivando el rollo como estaba acordado”.

Villafañe recurrirá al último eslabón de la cadena judicial española, con un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, según escrito al que ha tenido acceso este periódico.

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