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Tribunales

El Supremo revisa la pena de 122 años a Anboto, condenada por el atentado a Cortizo

La sentencia de la Audiencia Nacional dio por probada la implicación de la exetarra

La exetarra Soledad Iparraguirre, en un juicio. EFE

La exetarra Soledad Iparraguirre, en un juicio. EFE

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo celebrará mañana, martes, una vista pública para estudiar los argumentos de la defensa de la que fuera jefa de los ‘comandos legales’ de ETA María Soledad Iparraguirre, alias ‘Anboto’, condenada el pasado mes de julio a 122 años de prisión por dar la orden y suministrar los explosivos para el asesinato del comandante del Ejército de Tierra Luciano Cortizo, perpetrado el 22 de diciembre de 1995 en León con una bomba lapa colocada bajo el asiento de su vehículo.

La Audiencia Nacional impuso a Iparraguirre una pena de 30 años por un delito de asesinato terrorista contra un miembro de las Fuerzas Armadas, cuatro penas de 20 años por asesinato terrorista frustrado por cada uno de los heridos en el atentado —la hija del comandante, que viajaba en el asiento del copiloto del coche, y tres transeúntes—, así como otros 12 años por tenencia de explosivos.

Implicación

Para llevar a cabo el atentado, indica la sentencia, entregó el material de los artefactos

La Sección Primera de la Sala de lo Penal estableció también una indemnización de 300.000 euros para la mujer del fallecido y de 160.000 euros para cada uno de los hijos por el fallecimiento del comandante. Además, la hija que resultó herida deberá ser indemnizada con 92.100 euros por las lesiones sufridas y con otros 250.000 por las secuelas.

Se trata de la primera condena en España para la que fuera jefa de los ‘comandos legales’ de la banda terrorista, después de que fuera entregada por Francia el otoño pasado. Tiene, además, otras 11 causas pendientes, según recoge Europa Press.

Especial perversidad

Los jueces de la Audiencia Nacional destacaron en su sentencia la «especial perversidad y falta absoluta de respeto por la vida e integridad de las personas de la acción y de la afectación psíquica e intenso sufrimiento causado a las víctimas».

En su relato de hechos probados, la Sala cuenta cómo Iparraguirre, tras haber formado parte de diversos comandos, en el año 1993 pasó a desempeñar labores de responsabilidad dentro del aparato militar de ETA en Francia y en julio de 1994 pasó a ser responsable de los ‘comandos legales’, tarea que ejerció hasta 1998. A partir de 1994, era ‘Anboto’ la que transmitía a los comandos las órdenes concretas de ETA respecto de los objetivos contra los que había que atentar, daba instrucciones sobre la forma en la que debían perpetrarse las acciones, les facilitaba el material necesario --explosivos y armas-- y les daba las instrucciones de fabricación y de su utilización, además de suministrarles los fondos necesarios para su actividad.

Procedimiento

A partir de 1994, era Anboto la que transmitía las órdenes respecto a los objetivos de atentado

La sentencia da por probado que una de las acciones señaladas por ETA y cuya orden de ejecución transmitió Iparraguirre al etarra encargado de perpetrarla fue el asesinato del comandante Cortizo, entonces destinado en León. Según los magistrados, ‘Anboto’ ordenó ejecutar la muerte de dicho militar a Sergio Polo, alias ‘Lur’, que en aquella época constituía él solo un ‘comando legal’. Para llevar a cabo el atentado, indica la sentencia, la acusada entregó a Polo el material para elaborar los artefactos explosivos, entre ellos los necesarios para la fabricación de una bomba lapa, «dándole instrucciones precisas sobre la ejecución del atentado, la fabricación, el transporte y la colocación del artefacto explosivo, tendentes a asegurar el resultado y evitar riesgos para el autor».

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