Diario de León

El TSJ condena a Sacyl a pagar 50.000 € por la muerte de un paciente oncológico

El Tribunal admite que se le dio el alta sin suficientes pruebas y falleció por embolia en 2018

León

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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) condena a Sacyl a indemnizar con 50.000 euros a la familia de un hombre de 71 años aquejado de cáncer que falleció por «negligencia» al dársele el alta hospitalaria en León «sin practicar suficientes pruebas» para descartar la embolia pulmonar mortal que acabó sufriendo en su propia casa.

El incidente se produjo el 18 de enero de 2018 cuando el paciente, diagnosticado de cáncer de próstata en estadio IV, acudió al servicio de Urgencias del Complejo Asistencial Universitario de León (Caule) con tiritona y picos febriles asociados a dolor abdominal y diarrea. En su historia clínica se recogía que en la última semana el enfermo tenía inflamada su pierna izquierda que se había tratado con una media elástica y Seguril. Tras una ecografía eco-Doppler se valoró darle el alta ese mismo día con el diagnóstico de colitis y la recomendación de seguir una dieta astringente en su casa hasta que fuera visto en Oncología en la fecha prevista de seguimiento y por su médico de Atención Primaria si fuera preciso.

Tres días después, el 21, el hombre acudió de nuevo a Urgencias por dolor e inflamación de la misma pierna. En la exploración física se apreció edema y se efectuó un nuevo eco-Doppler., pero también se procedió a darle el alta con un tratamiento domiciliario con una media de compresión fuerte y heparina de bajo peso molecular. Sin embargo, al llegar a su domicilio sufrió mareo, dificultad respiratoria y pérdida de conocimiento. Su familia avisó al 112 y primero fue atendido por la médica del centro de salud y, posteriormente, por una Unidad de Soporte Vital Avanzado, que intentó reanimarlo sin éxito durante 30 minutos. Falleció por tromboembolismo pulmonar. La familia sostuvo que el hombre acudió la segunda vez a Urgencias por empeoramiento y, aunque en esa ocasión sí le atendió el servicio de Angiología y se le diagnosticó una trombosis venosa profunda ilíofemoropoplítea, se le envió a su domicilio, «en lugar de permanecer ingresado ante el riesgo de sufrir un embolismo pulmonar», como ocurrió, y «sin haber sido convenientemente informado sobre la actuación a seguir y sin firma de un documento de consentimiento informado». El TSJ indica que se le debieron realizar otras pruebas (angio-tac) para delimitar la extensión de su dolencia y no reducir sus posibilidades de supervivencia.

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