Diario de León

El TSJ confirma 12 años de cárcel para un anciano por abusar de dos niñas de menos de diez años

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado la condena a doce años de cárcel -impuesta por la Audiencia de León en noviembre de 2019- a un anciano que agredió sexualmente a dos niñas que tenían ocho y nueve años en el momento de los hechos.

Según ha informado el TSJCyL, los hechos se remontan al 30 de septiembre de 2017 cuando en una localidad leonesa las menores se encontraban jugando a la puerta de su casa, momento en el que fueron llamadas por su vecino octogenario para que entraran en la suya aludiendo a que hacía mucho calor en la calle.

En un primer momento las menores se negaron a ello, pero al insistir el acusado y por la confianza que tenían con él, al ser vecinos y familia -primo de la abuela de una de las menores- y haber estado en su casa varias veces, accedieron a la petición.

El anciano llevó a las niñas hasta la cocina de la vivienda donde siguieron jugando a las muñecas.

En un momento dado, el acusado cogió por la cintura a la menor de nueve años y a la fuerza la acercó a donde él estaba y realizó diversos tocamientos.

Esa acción fue realizada por la fuerza y en contra de la voluntad de la niña y que repitió con la otra menor, a las que además besó y les advirtió de que no dijeran nada de lo sucedido porque iba a ser peor.

La sentencia recoge que ambas menores, como consecuencia de estos hechos, se vieron en la necesidad de someterse a un tratamiento psicológico al presentar una sintomatología compatible con los hechos protagonistas de la sentencia como falta de concentración, ansiedad, no querer volver al lugar de los hechos, tristeza, rabia o no comprensión de lo ocurrido.

La Audiencia de León condenó al anciano, al considerar probados los hechos, como autor responsable de dos delitos de agresión sexual a la pena de seis años de prisión por cada una de las dos agresiones.

Asimismo, se le prohíbe aproximarse a las menores a una distancia inferior a quinientos metros de su domicilio, a sus colegios o a cualquier otro lugar en el que se encuentren, y a comunicarse con ellas por cualquier medio o procedimiento durante siete años.

Por último, se le impone también al condenado la medida de libertad vigilada durante ocho años, a ejecutar con posterioridad a la pena privativa de libertad impuesta y a indemnizar a las menores con una cantidad de 7.000 euros a cada una de ellas

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