Diario de León

Solos en el súper

- Dejar al perro atado en la puerta de un establecimiento está multado en la nueva Ley de Bienestar Animal

Un perro atado a la puerta de un establecimiento

Un perro atado a la puerta de un establecimiento

León

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A la puerta del súper, la tienda del barrio o el bar. O en el establecimiento donde no dejan entrar animales. Atados allí durante algo más que «un momento», que es lo que los dueños de los perros suelen pensar que los dejan solos mientras ellos hacen la compra o se toman un vino.

De nada han servido las advertencias históricas de protectoras y asociaciones para que no se haga. Ni los avisos de los trabajadores de los establecimientos y de otros clientes advirtiendo de que el perro llora, ladra insistentemente, está bajo la lluvia o le da de pleno un sol abrasador.

Ahora, una ley, la de Bienestar Animal, deja bien claro que más que una conducta reprochable será desde el 29 de septiembre, cuando la norma entre en vigor, una infracción leve. Y, como tal, lleva aparejada una sanción.

La ley del Gobierno de Pedro Sánchez aprobada el 16 de marzo de 2023 en el Congreso de los Diputados establece una sanción que oscila entre 500 y 10.000 euros en función de la situación y de si hay o no agravantes.

La ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales, creada para mejorar la calidad de vida de las mascotas, refleja la obligación de que el propietario asuma el cuidado, vigilancia y necesidades de los animales de compañía. 

El artículo 20 especifica que es obligatorio «ejercer sobre los animales la adecuada vigilancia y evitar su huida. Y en el artículo 27, que está prohibido «mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento».

No serán válidos por tanto los carteles de ‘déjalo atado aquí’ o ‘yo te espero aquí’ ni los ganchos que algunos establecimientos han colocado en sus accesos para las correas.

Dejar al perro fuera de la tienda o el bar sin supervisión y vigilancia estará prohibido. Desde el próximo 29 de septiembre, te pueden multar por hacerlo.

Qué tienen que hacer las tiendas y establecimientos que no permitan la entrada a perros:

Queda fijado en el artículo 29.2 de la Ley de Protección de los derechos y el bienestar de los animales: «Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica».

«En caso de no admitir la entrada y estancia del animal deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento».

8 motivos por lo que no hay  que dejar al perro atado a la puerta de una tienda:

1. Puede pasar miedo, estrés o ansiedad por separación

2. Puede lesionarse con la correa

3. Pueden robarlo

4. Puede sufrir una agresión por parte de otro perro o de una persona

5. Puede agredir a una persona o a otro animal

6. Puede sufrir un golpe de calor, frío, mojarse o comer alguna sustancia tóxica

7. Puede escaparse, aunque esté atado

8. Pueden multarte, desde el próximo 29 de septiembre

 

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