Diario de León

Acuerdos anulados sin funcionarios

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El Real Decreto 128/2018 reserva el puesto de secretario de las juntas vecinales, hasta ahora ocupado comúnmente por un vecino, deberá ser reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional que desempeñen las funciones de secretaría, intervención, tesorería o recaudación.

Esto supone que si los acuerdos adoptados por una pedanía o los contratos gestionados no llevan la firma de un funcionario con estas características se considerarán nulos de pleno derecho. La aprobación del decreto se aplicará a los acuerdos adoptados desde el pasado 19 de marzo y la normativa establece una salvedad en el caso de las entidades locales menores que formen parte de municipios con una población inferior a los 5.000 habitantes. En estas circunstancias, podrán asignarse las funciones de secretaría a funcionarios de carrera de la corporación municipal, que pertenezca al subgrupo A1 o que cuente con titulación universitaria.

La Federación Leonesa de Entidades Locales Menores está analizando la repercusión que tendrá esta normativa en la gestión de las juntas vecinales pero ya ha adelantado que el reglamento pone fin a la inseguridad jurídica de las pedanías. La federación también advierte de que será necesario ampliar la plantilla de los funcionarios públicos locales.

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