Diario de León

Conflicto entre administraciones

Admitido el recurso a la Ley de Caza por incluir al lobo como especie cinegética

El Tribunal Constitucional considera la petición del Gobierno contra la norma autonómica

En el recurso se esgrime que existen discrepancias competenciales en la ley. EDUARDO MARGARETO

En el recurso se esgrime que existen discrepancias competenciales en la ley. EDUARDO MARGARETO

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado el pasado mes de abril por el Gobierno central contra la Ley de Caza de Castilla y León por considerar al lobo como especie cinegética al Norte del río Duero, lo que implicaría su caza. Así lo publica en su edición de ayer el Boletín Oficial del Estado, que recoge así la propuesta emitida con el Consejo de Ministros Así lo acordó el Consejo de Ministros, que solicitó al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad, con el dictamen favorable del Consejo de Estado, contra varios preceptos de la Ley de Castilla y León 4/2021, de Caza y Gestión Sostenible de los Recursos Cinegéticos de Castilla y León.

Los problemas de constitucionalidad de la ley autonómica a impugnar afectan a diversas cuestiones relativas a la distribución competencial y a la normativa básica estatal teniendo como epicentro la consideración del lobo como especie cinegética (es decir, susceptible de caza).

La Comisión Bilateral, en el seno del procedimiento previsto en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, inició negociaciones para resolver las discrepancias competenciales existentes en relación con la citada norma autonómica, aunque no fue posible llegar a un acuerdo respecto de los artículos en relación con el lobo que son objeto de impugnación (habiéndose llegado a un acuerdo en muchas otras cuestiones).

Conflicto
El Gobierno estima que la ley autonómica vulnera la orden estatal que declara la especie como protegida

El Gobierno considera que la Ley autonómica vulnera la normativa básica estatal sobre delimitación de especies cinegéticas. El Anexo I.3 de la norma autonómica, ‘Especies cinegéticas’, alude al ‘Lobo (Canis lupus): al norte del río Duero’, es decir, encaja la figura del lobo como cinegética, alusiones también en otros artículos, contrastando con la normativa básica estatal: Ley 42/2007, artículos 53 y 55; Real Decreto 139/2011, para el desarrollo del Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas; y Orden TED/980/2021, que incluye el conjunto de poblaciones españolas del lobo en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, lo que implica la imposibilidad de considerar al lobo como especie cinegética.

La referencia del Consejo de Ministros concluye que, con el análisis de la normativa de Castilla y León, concurren, los requisitos para la impugnación de varios preceptos que se incluyen en la ley autonómica.

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