Diario de León

Medio ambiente

El aumento de osos obliga a ampliar las ayudas por daños a zonas urbanas

La Junta subvenciona dispositivos disuasorios en colmenas, huertos y explotaciones agrarias

Tendrán prioridad aquellas explotaciones que ya hayan sido dañadas anteriormente. DL

Tendrán prioridad aquellas explotaciones que ya hayan sido dañadas anteriormente. DL

León

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La Consejería de Fomento y Medio Ambiente publicó ayer en el Boletín Oficial de Castilla y León la modificación de bases reguladoras con las que se amplían las ayudas para la adquisición de dispositivos con los que disuadir a la cada vez mayor presencia de los osos en zonas rurales y urbanas y minimizar los posibles daños materiales que puedan ocasionar.

Estas ayudas contemplan la adquisición de pastores eléctricos, ahuyentadores, repelentes automáticos de activación por movimiento, dispositivos de apertura automática como medida de protección frente a los daños que los plantígrados pudieran ocasionar en asentamientos colmeneros, y también, en otras infraestructuras de explotaciones ganaderas, como comedores de pienso y balas de forraje, y bienes particulares, como huertos o frutales en entornos urbanos para prevenir daños y comportamientos de habituación de los osos pardos a estos recursos tróficos.

Se trata de un paso más en la estrategia para fomentar la coexistencia del oso pardo con las actividades humanas.

Requisito

Para cobrar los daños ocasionados en colmenas es indispensable contar con un pastor eléctrico

La Junta inició en 1990 estas medidas con el estatuto de protección del oso pardo en la Comunidad de Castilla y León y el Plan de Recuperación. En el citado Decreto se contemplaba la indemnización de los daños y perjuicios que ocasionalmente pueda causar el oso pardo en todo el territorio de la comunidad y que sean debidamente comprobados, como una de las herramientas que permitan eliminar las causas de la progresiva desaparición de esta especie y posibilitar su recuperación.

Asimismo, el mencionado Plan de Recuperación preveía el establecimiento de un sistema ágil de pago de indemnizaciones por daños basado en el pago inmediato, la justa tasación del daño y la consideración adicional del perjuicio ocasionado como un porcentaje de la misma.

En este sentido, la orden de 21 de noviembre de 2016, relativa a los pagos compensatorios derivados de los daños producidos por el oso pardo en las propiedades particulares, tiene como objeto regular el régimen de los pagos compensatorios derivados de los daños y perjuicios ocasionados a particulares por el oso pardo en la Comunidad de Castilla y León, estableciendo el procedimiento y requisitos para su percepción. En particular, dicha orden posibilita la compensación de daños causados por oso sobre ganado, cultivos, praderío, arbolado, colmenas, infraestructuras y demás bienes muebles o inmuebles.

Concretamente, en lo que se refiere a los daños que el oso pardo pueda ocasionar a las colmenas, establece como requisito indispensable para la concesión de los pagos compensatorios el tener instalado un pastor eléctrico en adecuado funcionamiento.

Compensaciones

La nueva orden incluye ganado, cultivos, praderío, arbolado, colmenas y bienes muebles o inmuebles

Por ello, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente estableció en 2017 las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la instalación de estos dispositivos.

No obstante, la mejora del estado de conservación de las poblaciones de oso pardo en la Cordillera Cantábrica unida a la variable disponibilidad de recursos tróficos naturales a lo largo del año «aumenta la probabilidad de daños sobre bienes como explotaciones ganaderas, huertos o frutales, lo que hace aconsejable revisar las mencionadas bases con el fin de reducir los daños sobre los citados bienes y disponer así de nuevas herramientas preventivas para evitar comportamientos de habituación de osos pardos ante recursos tróficos de carácter antrópico».

Y ese es precisamente el objeto de las nuevas bases reguladoras convocándose las ayudas a finales del presente año por un importe de 80.000 euros para su concesión en 2022.

Se considerarán como prioritarios aquellos asentamientos colmeneros que hayan sufrido daños constatados en los dos últimos años y que se ubiquen en la zona de presencia habitual de la especie, como aquellos términos municipales en los que se tiene constancia de la presencia de la especie en los últimos 5 años anteriores a la fecha de publicación de la orden .

Importes máximos

La cuantía de la subvención será del 80 por ciento del coste de adquisición de los equipos, con un límite máximo de 360 euros para los pastores eléctricos, mientras que para la adquisición de otros dispositivos como ahuyentadores o dispositivos de apertura automática la ayuda tendrá un máximo de 160 euros.

De esta manera desde la administración se establece una medida preventiva sobre estos recursos tróficos que, junto con las actuaciones correctivas que se están desarrollando por personal especializado de la consejería, contribuirá a la reducción de conflictos y a compatibilizar la conservación del oso pardo con el resto de actividades sociales y económicas en su área de distribución.

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