Diario de León

Sucesos

Condenado a 4 años de cárcel el conductor bebido que mató a un matrimonio ciclista en León

Los fallecidos, de origen vasco, viajaban en bicicleta con un hijo de 12 años, que sobrevivió al atropello

El detenido, a la salida de los juzgados. FERNANDO OTERO

El detenido, a la salida de los juzgados. FERNANDO OTERO

León

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La Audiencia Provincial estimó un recurso interpuesto por la representación y defensa del Consorcio de Compensación de Seguros contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal 1 de León que condenó a cuatro años de prisión al autor de un atropello mortal a una familia vasca , que dejó huérfano en junio de 2018 a un niño de 12 años que viajaba en bicicleta junto a sus padres por Matallana de Valmadrigal. La sentencia se revoca parcialmente en el solo sentido de fijar como día inicial para el devengo de los intereses de demora el 4 de julio de 2018. El fallo mantiene los cuatro años de prisión al condenado.

La sentencia declara probado que el condenado, mayor de edad, de nacionalidad española y con antecedentes penales susceptibles de cancelación, sobre las 10.50 horas del día 28 de junio de 2018, conducía por las inmediaciones de la localidad con sus facultades disminuidas a consecuencia de una previa ingestión alcohólica que mermaba considerablemente su capacidad para manejar los mecanismos de dirección, control y frenado de un vehículo, así como aumentaba el tiempo de reacción ante acontecimientos imprevistos en dicha conducción, con pérdida de reflejos y de capacidad visual. 

Como consecuencia de lo anterior, al llegar al punto kilométrico 293,600 de la N-601 perdió el control del vehículo, desplazándose a la derecha y atropellando a tres ciclistas que iban correctamente circulando por el arcén derecho de la calzada en sentido León.  Como consecuencia del atropello, se produjo el fallecimiento inmediato del matrimonio, con lesiones físicas de carácter leve para el menor.

El acusado, una vez ocurridos los hechos y habiéndose percatado de los mismos, puesto que llegó a bajarse del vehículo, abandonó el lugar del accidente y fue interceptado aún a los mandos del mismo por los agentes de la Guardia Civil en la provincia de León, por lo que se procedió a su identificación. El vehículo presentaba daños en el frontal lateral derecho con restos de sangre y tejido biológico correspondientes a ambas víctimas.  Fue sometido, previa información de sus derechos, a las preceptivas pruebas de alcoholemia por el procedimiento de aire espirado, arrojando un resultado positivo de 1,26 mg/l.

El menor continúa en tratamiento psicológico

La sentencia destaca que en cuanto al tratamiento psicológico del menor que sobrevivió,  «que persiste en el tratamiento en la actualidad, según acreditó el psicólogo que lo presta, lo cierto es que la indemnización que por ello se solicita se corresponde con un proceso que es indeterminado, tanto en el tiempo como en su cuantía. Por ello, teniendo presente su actualidad y su necesidad  es procedente su indemnización conforme se acredite en ejecución de sentencia». 

El cuadro probatorio demuestra la gravedad de las circunstancias concurrentes en este caso, con el condicionante de que el menor atropellado tuviera tan solo 12 años de edad y se viera de la noche a la mañana huérfano de padre y madre y sufra daños psicológicos y precise tratamiento psicoterapéutico; y que la abuela y tutora del menor, y su tío, hijo de esta, hayan abandonado su residencia habitual dejando atrás sus relaciones habituales vecinales, personales y sociales, trasladándose a la localidad donde vive su nieto y sobrino, precisamente para estar y vivir con él y contribuir a su formación personal y social, haciendo lo posible para que vaya superando la ausencia de sus padres».

 

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