Diario de León

PROVINCIA ■ ley de responsabilidad ambiental

Seis empresas deben constituir en un año un fondo medioambiental

La garantía financiera permitirá hacer frente a posibles accidentes a causa de sus actividad.

Imagen de archivo de la térmica de La Robla. JESÚS

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León

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A. Domingo | Redacción

Seis empresas de la provincia están obligadas a constituir una garantía financiera obligatoria que cubra la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad que desarrollan y una más deberá disponer de este instrumento en dos años, según establece una Orden APM/1040/2017 del Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 30 de octubre.

La orden desarrolla la Ley 26/2007 de Responsabilidad Ambiental —trasposición de la normativa europea— y fija las fechas en que la garantía debe constituirse en función de la clasificación del nivel de prioridad asignado a las diferentes actividades y elaborado «a partir de la valoración de una serie de criterios relacionados con el riesgo medioambiental en cada sector», señala la orden. Las cuantías se establecen «según la intensidad y extensión del daño que su actividad pueda causar», dentro del nuevo régimen administrativo establecido por directiva europea para la prevención de daños o, una vez producidos, evitar que se produzcan otros «y devolver los recursos naturales al estado en el que se encontraban antes».

Los primeros plazos

Posterior a la trasposición de la normativa de la Unión Europea a la legislación nacional, una orden de 2011 clasificó las actividades e incluía un calendario gradual para elaborar las órdenes ministeriales que estableciesen las fechas de exigibilidad de la garantía financiera obligatoria. Así, daba de dos a tres años desde la entrada en vigor de la orden para los sectores clasificados en la prioridad 1, entre tres y cinco años para la prioridad dos y de cinco a ocho para el nivel 3. Finalmente han pasado seis años para la publicación de las fechas de los dos primeros niveles, mientras que la del tercero queda pendiente de una orden posterior.

La seis empresas que deberán constituir en un año este fondo de responsabilidad ante posibles accidentes que dañen el medio ambiente son las centrales térmicas de La Robla, Anllares y Compostilla, al tratarse de instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal igual o superior a 50 megavatios. A estas se suman, la planta de Ilunion de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), en La Bañeza, como planta de valorización de residuos peligrosos, según se recoge en el Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes.

La misma consideración que la planta bañezana tienen Antibióticos, en León, y la cementera de Tudela Veguín, en La Robla, no por su actividad principal, sino por el tratamiento de residuos que acompaña a ésta. Así, la cementera incinera residuos como combustible de su horno de producción de clínker.

Sólo una empresa se sitúa en el nivel de prioridad dos y, por lo tanto, deberá disponer de la garantía ecológica en un plazo máximo de dos años. SE trata de la UTE Legio VII, gestora del CTR de San Román de la Vega, cuya actividad se califica como vertedero de todo tipo de residuos, con una entrada diaria de más de 10 toneladas por día o que tengan una capacidad total de más de 25.000 toneladas —se excluyen los vertederos de inertes—.

A LA ESPERA

Quedan en el listado del Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes con actividad clasificada en el nivel 3 de prioridad —por tanto, sin fecha aún para que la garantía les sea exigible— empresas del sector químico y maderero, además de industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas, en especial las de mayor volumen —la planta de Luengo en Onzonilla, Lactiber y la fábrica de Azucarera Ibérica en La Bañeza—, así como granjas de gallinas ponedoras con 40.000 plazas, y las de cerdos de cebo de más de 30 kilos con 2.00 plaza, así como las de 750 plazas de cerdas reproductoras. En la misma prioridad se sitúa Reciclaje Biológico de Subproductos Agropecuarios S.A (Rebisa), de Cabreros del Río, encargada de la destrucción de cadáveres de animales.

La necesidad de constituir esta garantía no significa en absoluto que las empresas no dispongan de los sistemas de tratamiento de residuos y emisiones y prevención de la contaminación a los que les obligan otras leyes ni que realicen un uso inadecuado de éstos.

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