Diario de León

ECONOMÍA Y MEDIO AMBIENTE

Iniciados los trámites para restaurar los cielos abiertos en Babia y Laciana

La Junta adjudica la asistencia de la obra del Feixolín y de otra mina en Cabrillanes

La Junta comienza con la asistencia técnica para el Feixolín, y Valdesegadas y Pregame

La Junta comienza con la asistencia técnica para el Feixolín, y Valdesegadas y Pregame

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MARÍA CARNERO | LEÓN
León

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La Junta de Castilla y León acaba de iniciar los trámites administrativos con los que se pondrán en marcha las restauraciones ambientales de las explotaciones a cielo abierto en las comarcas de Babia y Laciana. En concreto, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente acaba de adjudicar los contratos relativos a la asistencia técnica a dirección de obra del proyecto de restauración de las minas de carbón de Valdesegadas y Pregame, en Cabrillanes, y la correspondiente a la explotación del Feixolín, en la localidad lacianiega de Villablino.

Estos dos proyectos han sido adjudicados, en el caso de Cabrillanes, a la empresa Mafa Estudios y Construcciones, por 2.227 euros, y a Nicolás de Caso y Asociados, por 17. 784 euros, para el proyecto de Villablino

El cierre, y posterior restauración de estas explotaciones obedece a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la UE, el pasado 24 de noviembre, en la que se condena a España por los cielos abiertos en Laciana y Babia.

Para cumplir esta sentencia, la Junta de Castilla y León ha habilitado una partida de 7,5 millones de euros para llevar a cabo estos trabajos, que el pasado mes de febrero fueron adjudicados a la empresa pública Tragsa,

La Junta asumen la ejecución subsidiaria de los trabajos de restauración de los cielos abiertos de dichas cuencas, al estar en liquidación mercantil la empresa que los explotó, para evitar posibles sanciones en Europa. Por este motivo, aunque el dinero es adelantado por el Gobierno autonómico, una vez concluyan las restauraciones exigirá el pago de los mismos a la empresas mineras responsables de las explotaciones.

Una sentencia histórica

La Sala Cuarta del Tribunal del Justicia de la Unión Europea condenó en noviembre de 2011 al Reino de España por deficiencias en las autorizaciones de seis explotaciones a cielo abierto en zonas medioambientalmente protegidas del Alto Sil, al considerar que los efectos de las minas, todas ellas de Coto Minero Cantábrico, debían evaluarse de forma acumulativa. El tribunal recordaba también en el auto que aunque algunas autorizaciones se concedieron antes de la declaración de las zonas como Lugar de Interés Común (LIC) o como Zona de Especial Protección para las Aves (Zepa), la administración (en este caso la Junta, que es la que tiene las competencias) tienen la obligación de velar porque se preserven las especies en peligro y se reparen los daños causados, incluso en los casos en los que la explotación de la mina sea calificada de especial interés social y económico.

El tribunal consideraba que España incumplió las obligaciones que impone la normativa europea al autorizar las minas Nueva Julia y Los Ladrones «sin supeditar la concesión de las correspondientes autorizaciones a la realización de una evaluación que permitiera identificar, describir y evaluar de manera apropiada los efectos directos, indirectos y acumulativos de los proyectos de explotación a cielo abierto existentes, excepto, en el caso de Ladrones, a lo que respecta al oso pardo».

También señala la sentencia que a partir del año 2000, cuando se declaró la zona de Alto Sil de protección especial, España incumple las exigencias relativas «a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y la flora silvestres». Lo hace por haber autorizado las minas de Nueva Julia y Ladrones sin realizar «una evaluación apropiada», «pese al riesgo de dicho proyecto para el urogallo».

Tampoco se tomaron las medidas necesarias para evitar las «perturbaciones significativas» para el urogallo, «cuya presencia en Alto Sil motivó la designación se dicha zona como Zepa», en los casos de las explotaciones de Feixolín, Salguero-Prégame-Valdesegadas, Fonfría, Ampliación de Feixolín y Nueva Julia.

Por último, a partir del 2004, España no ha respetado las obligaciones que le impone el LIC de Alto Sil al «no haber tomado las medidas necesarias para evitar el deterioro de los hábitats, incluidos los de las especies, y las perturbaciones ocasionadas a las especies por las explotaciones del Feixolín, Fonfría y Ampliación del Feixolín».

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