Diario de León

La Junta achaca a la explotación de los pastos la prevalencia de la tuberculosis

Las explotaciones de Riaño ocuparán los pastizales según su calificación sanitaria

La Junta establece la separación por pastos como método de control sanitario.

La Junta establece la separación por pastos como método de control sanitario.

Publicado por
A. Domingo | Redacción
León

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La Consejería de Agricultura y Ganadería de la junta de Castilla y León publicó ayer la resolución por la que declara zona de especial incidencia para la tuberculosis bovina la zona atendida por la Unidad Veterinaria de Riaño, tal y como había anunciado tras reunirse con las organizaciones profesionales agrarias (opas) a finales de enero. Agricultura considera que el problema de la tuberculosis en la zona responde al sistema de aprovechamiento de pastos en común y señala que la declaración publicada facilita a los ganaderos «una herramienta legal para elegir los pastos y el calendario de saneamiento que más le convenga».

La medida «garantiza la separación» de los rebaños, de manera que se evite el contacto entre los que se encuentran indemnes y aquellos en los que se han producido casos, además de establecer los terrenos en los que deben pastar en uno y otro caso, ya que «compartir pastos dificulta la resolución del problema». De esta manera, las explotaciones se distribuirán en los pastos según su calificación sanitaria y éstos deberán disponer de vallados y estructuras que garanticen el aislamiento sanitario de los animales. Además, cada explotación del municipio podrá introducir sus animales en un solo pasto y todos los rebaños que lo compartan serán considerados como una sola unidad epidemiológica.

Según explicaban ayer en la Consejería de Agricultura y Ganadería, la prevalencia de la enfermedad en la zona «es inferior a la del año pasado», aunque no se facilitó el porcentaje. La declaración de zona de especial incidencia de la enfermedad responde entonces al «fuerte sentir de los ganaderos, que llevaban dos años un poco por encima de la media» cuando «el 98,5% de los rebaños de la comunidad autónoma se encuentran libres» de la enfermedad, cuya prevalencia descendió del 2,62% en el 2010 al 2,57% del año pasado.

El plan sanitario

La declaración establece un programa sanitario específico que prevé estudios epidemiológicos en la cabaña ganadera y la fauna silvestre, así como el uso de los pastos y sus condiciones y afecta, además, a los titulares de terrenos cinegéticos que deberán establecer un mecanismo de recogida de los residuos de caza en el campo.

Además, prohíbe los pastos fuera de la zona de especial incidencia (a excepción de las explotaciones oficialmente indemnes), el pastoreo de bovinos en pastos abiertos, la introducción de animales de fuera de la zona para el pasto (excepto los trashumantes, que en ningún caso se mezclarán con el ganado de la zona). Todos los movimientos de entrada y salida de ganado de la zona sanitaria deberán tener autorización de los servicios veterinarios oficiales.

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