Diario de León

La Junta aduce que la ley es anterior a la protección del cánido

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La Junta aseguró ayer que la sentencia del Constitucional «no tiene efecto práctico» ya que en Castilla y León no se puede cazar el lobo desde la entrada en vigor del Lespre. A través de un comunicado, el Ejecutivo precisó que «la cuestión sometida al Tribunal Constitucional, y la sentencia de éste, se refiere no a la Ley en su conjunto, sino a unas menciones que en esa ley se hace al lobo como especie cazable». La consideración del lobo como especie cazable en la Ley de Caza autonómica tiene su base en que cuando se dictó, efectivamente, el lobo era especie cazable, «lo que así admite el Constitucional», explica la Junta, que detalla que «ha sido una norma posterior, que introdujo al lobo en el Listado de Especies de Protección Especial, la que ha impedido que el lobo se siguiese cazando al norte del río Duero, declarando el Tribunal Constitucional a esas menciones en inconstitucionalidad sobrevenida al considerar esa norma como básica». Valora que se anuncie un voto particular de dos magistrados «que han compartido la posición» que la Junta mantenía en orden a que esa norma posterior «no hacía a las menciones al lobo como especie cazable en nuestra Ley —anterior— inconstitucionales, al faltar en la Orden Ministerial la condición de norma básica».

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