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La Junta afirma que los ganaderos pueden añadir nuevos recintos o reclamar

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Por su parte, fuentes de la Junta de Castilla y León explicaron que la modificación a la baja en algún recinto hace que disminuya la superficie admisible que se declaraba en campañas anteriores para esos mismos recintos. «Esto afecta a los ganaderos que tienen muy ajustada su superficie para cumplir con los compromisos agroambientales contratados con la administración», destaca, a la vez que recuerdan que «tienen que declarar, como norma general, al menos el 90% de la superficie que figura en el contrato». Aunque reconocen que también puede estar afectados los ganaderos que tengan Derechos de Pago Básico adjudicados en la región de pastos para los que es necesario una hectárea admisible por cada derecho que se pretenda cobrar. Si bien, desde la administración autonómica señalan que los ganaderos que hayan visto disminuida su superficie admisible deberán añadir nuevos recintos en su declaración de superficies para cumplir con sus compromisos, pudiendo también presentar una reclamación sobre el CAP adjudicado en los recintos donde consideren que han sido perjudicados.

Para finalizar, recuerdan que la orden del día 26 de enero por la que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de modificación del Sigpac tipifica las posibles alegaciones para solicitar el cambio del CAP en un recinto completo (Tipo 7) o en una parte del mismo (Tipo 8).

Esta solicitud de modificación del Sigpac se realiza, bien por parte del ganadero que declara las parcelas o bien por el propietario de las mismas, a través de la Solicitud Única de ayudas PAC que se convoca anualmente. La solicitud del año 2022 se convocó mediante orden de 26 de enero de este mismo año, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y el plazo de solicitud finalizará hoy m,ismo, día 15 de mayo.

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