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La Junta crea 'áreas funcionales rurales' de al menos 2.000 habitantes con los servicios en un sólo municipio

La nueva ordenación del territorio prevé que haya vecinos que tengan que desplazarse media hora por carretera para acceder a cualquier servicio.  

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León

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La Junta prevé organizar el territorio rural en 'áreas funcionales rurales' en las que se agruparán dos o más términos municipales y en las que un solo ayuntamiento será el que ejerza de "prestador de servicios generales" al resto de localidades. Se trata de una de las novedades que recoge la modificación de la Ley 7/2013, de 27 de septiembre, de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio de Castilla y León, que tramita la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior y que se acaba de publicar el portal del Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León. La consejería que dirige Francisco Ige planea que estas áreas funcionales rurales deben estar formadas por municipios de menos de 20.000 habitantes  

"Con contigüidad espacial y que reúnan características similares, geográficas, históricas, económicas, medioambientales o de cualquier otra índole" y su delimitación se realizará ateniéndose a varios criterios. En concreto, la consejería  entiende que la población aproximada del área funcional rural será de 2.000 habitantes como mínimo y 30.000 habitantes como máximo y que la densidad de población, "en zonas escasamente pobladas, será como máximo de 12 habitantes por kilómetro cuadrado". Además se prevé la existencia de "un municipio prestador de servicios generales". Es decir, que en dicho ayuntamiento se agruparán todos los servicios, como la atención sanitaria de nivel primario, Educación infantil y primaria, prestaciones sociales esenciales, transporte de público de viajeros y "acceso a internet y a redes de telecomunicaciones", según se recoge en el documento. El texto también recoge que "la isocrona desde cualquier núcleo de población del área funcional rural al lugar más próximo de prestación de los servicios generales, medida en tiempo de desplazamiento por carretera por los medios habituales de locomoción, será de un máximo de 30 minutos". Es decir, que habrá vecinos que tengan que desplazarse media hora por carretera para acceder a los servicios médicos, educativos y al transporte

Respecto al 'área funcional urbana", se planea que quedará delimitada por cada uno de los términos municipales con una población mayor de 20.000 habitantes y los términos municipales de su entorno o alfoz colindantes inmediatos, así como por los colindantes de estos últimos siempre que estén a una distancia aproximada de 15 kilómetros.

A estos efectos, el criterio para la delimitación del área funcional urbana vendrá determinado por la distancia en línea recta entre las sedes de los ayuntamientos, tomando como referencia la sede del ayuntamiento que radique en el núcleo de mayor población  y que cuando existan dos o más términos municipales colindantes con una población mayor de 20.000 habitantes, todos ellos se integrarán en una única área funcional urbana, bajo la denominación de aquel donde radique la capital de provincia,

 

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