Diario de León

CAMPO

La Junta hace más simple el proceso a los ganaderos y agricultores para cobrar las ayudas de la PAC

El campo aún espera que desde el ministerio se permitan algunas excepciones vinculadas a la rotación de cultivos

Un momento de la concentración ayer de Asaja en Madrid. CHEMA MOYA

Un momento de la concentración ayer de Asaja en Madrid. CHEMA MOYA

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Las medidas de flexibilización de la PAC ya están al alcance de los agricultores y ganaderos de León. El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publicó ayer una resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria por la que se establece el régimen transitorio de actuaciones de flexibilidad a adoptar en la Comunidad Autónoma en relación con las ayudas a los regímenes voluntarios a favor del clima, el medio ambiente y el bienestar animal, conocidas como eco regímenes, previstas en el Plan Estratégico de la PAC para la campaña agrícola 2022/2023.

Entre las medidas de flexibilidad en los requisitos de cumplimiento de los regímenes en favor del clima y el medio ambiente se contempla que en los eco regímenes de agricultura de carbono y agroecología el pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos el período mínimo de pastoreo con animales propios de la explotación será de 90 días.

En la resolución, firmada por el director general de Política Agraria Comunitaria, Angel María Gómez Rivero, también contempla medidas de flexibilización para eco regímenes de agricultura de carbono y agroecología rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo y recoge que en la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes, al menos el 25 por ciento de la superficie de tierra de cultivo correspondiente, que se acoge al eco régimen, presente cada año un cultivo diferente al cultivo previo, conforme a los mismos criterios establecidos en el plan estratégico de la PAC 2023-2027 para la condicionalidad reforzada y las buenas condiciones agrícolas y medioambientales (BCAM) y en concreto para la BCAM 7.

Asimismo, en la misma práctica el barbecho no podrá representar más del 40 por ciento de la superficie de la tierra de cultivo correspondiente de la explotación y en la práctica de siembra directa, se permitirá el laboreo vertical, «sistema en que el arado no invierte la tierra, causando poca compactación», y Pase de cultivador, chisel o grada de discos pequeños, excepto en el periodo comprendido entre la fecha de recolección de la cosecha y el 1 de septiembre, «siempre y cuando se cumpla con la obligación de mantener el rastrojo sobre el suelo, de manera que este esté cubierto durante todo el año».

Y en los eco regímenes de agricultura de carbono, cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos, establece que en la práctica de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos, se permitirán labores verticales superficiales de mantenimiento de las cubiertas que no supongan en ningún caso la modificación de la estructura del suelo, «de forma que el suelo no permanezca desnudo en ningún momento del año».

En este sentido, precisa la resolución publica en el Bocyl, la cubierta vegetal debe permanecer viva sobre el terreno durante un periodo mínimo de dos meses de 15 de diciembre a 15 de febrero.

Y en la práctica de cubiertas inertes de restos de poda se permitirán labores verticales superficiales que no supongan en ningún caso la modificación de la estructura del suelo, ni la desaparición de la cubierta, ni que impidan alcanzar los beneficios medioambientales de la misma.

La resolución de la Junta ha sido valorada por el sindicato agrario Asaja, que asegura que se contemplan «algunas obligaciones muy complicadas» y «casi imposibles de cumplir» en el primer año con motivo de las condiciones climatológicas, «pero sobre todo por la alteración de los mercados y el precio de los insumos».

Dicho esto, Asaja recuerda que la mayoría son competencia del Ministerio de Agricultura al que piden que permita excepciones esta campaña con el ejemplo de no obligar a sembrar un 5 por ciento de leguminosas en la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes o permitir la producción agrícola en las franjas de los márgenes de los ríos, «que aún no se han definido».

«Normas muchas de ellas obligatorias para todos los productores que reciban pagos directos, al estar recogidas en la condicionalidad reforzada y social», explica tras la publicación «por fin» este miércoles en el Bocyl de la Resolución de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria sobre el Régimen Transitorio de Actuaciones de Flexibilidad a adoptar en Castilla y León.

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