Diario de León

Medio Ambiente

La Junta seguirá abatiendo lobos tras rechazar el TSJ la suspensión cautelar

La sala cree que es más necesario proteger el interés público que defiende la administración

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M. R.
León

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La Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid del TJS-CyL ha desestimado la medida cautelar de suspensión de la vigencia del Plan de Aprovechamientos Comarcales del Lobo al Norte del Duero solicitada por la asociación animalista Ascel por lo que continúa vigente.

Según señaló ayer la Junta en un comunicado, el auto judicial admite la argumentación formulada por la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Consejería de la Presidencia, aplicando por primera vez la doctrina marcada recientemente por el Tribunal Supremo que declaró la legalidad del Decreto de la Junta de 2015 que regulaba la caza.

La asociación proteccionista Ascel había presentado recurso contencioso contra la Resolución de 9 de octubre de 2019 de la Dirección General del Patrimonio Natural y Política Forestal por la que se aprueba el Plan de aprovechamientos comarcales del lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del Duero en Castilla y León para las temporadas anuales desde 2019 hasta 2022 y había solicitado la suspensión cautelar de su vigencia mientras se resolvía el recurso.

Censo

La consejería recuerda que el censo del lobo debe ser ya suficiente para determinar su caza

Ahora, la Sala de Valladolid, mediante un auto de 8 de junio, no acepta dicha suspensión, aplicando para ello la doctrina marcada por la reciente sentencia del Tribunal Supremo de 18 de mayo de este año que declara la legalidad del Decreto de 2015 de la Junta de Castilla y León por el que se regulaba la conservación de las especies cinegéticas, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre.

El Decreto se ha declarado legal, ya que «contaba con los estudios suficientes que avalaban el carácter cinegético de las especies declaradas cazables», y entre ellas estaba el lobo, ahora la Resolución de la Dirección General, «sin perjuicio de lo que se pueda resolverse en la futura sentencia, también cuenta con esos estudios importantes».

Especie cinegética

La última sentencia del Tribunal Supremio declara la legalidad también de la caza de la especie

Señalaban los Servicios Jurídicos de la Junta que constan en el expediente de aprobación de la Resolución un amplio anexo que contiene el censo autonómico del lobo 2012-2013, el inventario de manadas, la estimación poblacional, la valoración de la mortalidad no natural, la exclusión de aprovechamiento cinegético de determinadas comarcas loberas o, entre otros, la clasificación de las comarcas loberas y porcentajes de extracción, que deben considerarse suficientes a la hora de determinar su caza limitada.

Así lo admite la Sala, que, ponderando los intereses en juego de ambas partes, «considera más necesario de protección el interés público perseguido por la Junta de Castilla y León».

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